RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 302-2016-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Aprueban medidas administrativas y jurisdiccionales que deberán adoptar las Salas Laborales de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad para culminar el proceso de liquidación de expedientes judiciales tramitados con la Ley Nº 26636-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 302-2016-CE-PJ

Fecha de disposición23 Noviembre 2016
Fecha de publicación21 Enero 2017
SecciónSección Única

Lima, 23 de noviembre de 2016

VISTOS:

El Oficio N° 1576-2016-P-ETIINLPT-CE-PJ, remitido por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y el Informe N° 929-2016-ST-ETIINLPT-PJ, que contiene un análisis del estado situacional de las Salas Laborales de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad, en lo que respecta a los procesos tramitados bajo la Ley N° 26636 y, propuestas de medidas administrativas y jurisdiccionales para que los referidos órganos jurisdiccionales culminen el proceso de liquidación de expedientes judiciales tramitados con la referida ley.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 127-2012-CE-PJ, de fecha 4 de julio de 2012, se aprobó el modelo del “Despacho Judicial Corporativo”, para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, cuya implementación a nivel nacional es progresiva.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 340-2013-CE-PJ, del 27 de diciembre de 2013, se aprobó la implementación del modelo de “Despacho Judicial Corporativo”, para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Tacna. Asimismo, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 182, 208 y 209-2014-CE-PJ, se dispuso la implementación del Módulo Corporativo Laboral para órganos jurisdiccionales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de Loreto, Huánuco y Sullana, respectivamente.

Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 399-2014-CE-PJ, de fecha 26 de noviembre de 2014, se aprobó el “Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497”, y el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Corporativo Laboral”, con el objetivo de implementar en las Cortes Superiores de Justicia el Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Paz Laboral y Juzgados de Trabajo, que aplican exclusivamente la Nueva Ley Procesal del Trabajo, a nivel nacional.

Cuarto. Que, por Resolución Administrativa N° 140-2016-CE-PJ, de fecha 8 de junio de 2016, se incorporó a las Salas Superiores Laborales que conocen la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en el ámbito de aplicación del “Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497”, con el objetivo de implementar el Modelo de Despacho Judicial Corporativo en las Salas Superiores Laborales de las Cortes Superiores de Justicia, que...

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