RESOLUCION, Nº 363-2016-SERNANP, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO - Aprueban adecuación de indicadores de los objetivos y estrategias del Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka periodo 2012 - 2017-RESOLUCION-Nº 363-2016-SERNANP

Fecha de disposición30 Diciembre 2016
Fecha de publicación20 Enero 2017

Lima, 30 de diciembre de 2016

VISTO:

El Informe N° 864-2016-SERNANP-DDE, del 31 de agosto de 2016, a través del cual la Dirección de Desarrollo Estratégico emite su aprobación respecto a la adecuación de los indicadores de los objetivos y líneas de acción del Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka periodo 2012–2017.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico normativa;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 18° de la precitada Ley, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recursos y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área;

Que, el artículo 20° de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos y revisado cada cinco (5) años;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-AG de fecha 15 de enero de 2003, se establece la Reserva Comunal Asháninka, sobre una superficie de ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho hectáreas...

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