RESOLUCION, Nº 004-2017-CONCYTEC-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA - Delegan facultades en diversos funcionarios del CONCYTEC, durante el Año Fiscal 2016-RESOLUCION-Nº 004-2017-CONCYTEC-P

EmisorCONSEJO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Fecha de la disposición12 de Enero de 2017

Lima, 12 de enero de 2017

VISTOS: El Informe N° 15-2017-CONCYTEC-OGA-OP, de la Encargada de las Funciones de la Oficina de Personal, el Informe N° 002-2017-CONCYTEC-OGA-OF, de la Encargada de las Funciones de la Oficina de Finanzas, el Informe N° 10-2017-CONCYTEC-OGA-OL, del Jefe (e) de la Oficina de Logística, el Informe N° 005-2017-CONCYTEC-OGA, de la Jefa de la Oficina General de Administración, y el Informe N° 012-2017-CONCYTEC-OGPP, del Encargado de las Funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, regulado bajo el régimen laboral de la actividad privada, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28613 y los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM;

Que, el Numeral 7.1 del Artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF (en adelante, el TUO de la Ley General), establece que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la norma correspondiente;

Que, asimismo, el Numeral 40.2 del Artículo 40 del TUO de la Ley General establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, conforme a lo señalado en el Artículo 50 de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada con Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15, los titulares y suplentes...

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