RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 680-2016-MTC/12, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan a Heliamérica S.A.C. la modificación de permisos de operación de aviación comercial, en el sentido de variar la base de operación e incrementar zonas de operación en diversos departamentos-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 680-2016-MTC/12

Fecha de disposición25 Noviembre 2016
Fecha de publicación13 Enero 2017
SecciónSección Única

Lima, 25 de noviembre del 2016

Vista la solicitud de la compañía HELIAMERICA S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Prospección y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 467-2013-MTC/12 del 13 de setiembre del 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de setiembre del 2013, se otorgó a la empresa HELIAMERICA S.A.C. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Prospección y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 16 de setiembre del 2013;

Que, dicha resolución fue modificada mediante Resolución Directoral Nº 369-2014-MTC/12 del 14 de agosto del 2014 en el sentido de incrementar zonas de operación y material aeronáutico;

Que, mediante Expediente Nº T-232153-2016 del 24 de agosto del 2016 la empresa HELIAMERICA S.A.C., solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de variar la Base de Operación e incrementar las zonas de operación;

Que, según los términos del Memorando Nº 2040-2016-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 487-2016-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 161-2016-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 136-2016-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 480-2016-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos...

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