RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0005/RE-2017, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Disponen la publicación de resumen de párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2316 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la situación en Somalia-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0005/RE-2017
Emisor | RELACIONES EXTERIORES |
Fecha de la disposición | 12 de Enero de 2017 |
Disponen la publicación de resumen de párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2316 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la situación en Somalia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0005/RE-2017
Lima, 9 de enero de 2017
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas;
Que, el 09 de noviembre de 2016, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2316 (2016), referida a la situación en Somalia, siendo ésta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org).
Ministerio de Defensa.
Ministerio del Interior.
Superintendencia Nacional de Aduanas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
Resumen sustantivo de la Resolución 2316 (2016) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7805ª sesión, celebrada el 9 de noviembre de 2016
El Consejo de Seguridad,
Recordando sus anteriores resoluciones relativas a la situación en Somalia, especialmente las resoluciones 1814 (2008), 1816 (2008), 1838 (2008), 1844 (2008), 1846 (2008), 1851 (2008), 1897 (2009), 1918 (2010), 1950 (2010), 1976 (2011), 2015 (2011), 2020 (2011), 2077 (2012), 2125 (2013), 2184 (2014) y 2246 (2015), así como las declaraciones de su Presidencia (S/PRST/2010/16), de 25 de agosto de 2010 y (S/PRST/2012/24), de 19 de noviembre de 2012,
…
Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la unidad de Somalia, así como por los derechos soberanos de Somalia de conformidad con el derecho internacional en relación con los recursos naturales costa afuera, incluidas las pesquerías,
Observando que los esfuerzos de lucha contra la piratería desplegados por Estados, regiones, organizaciones, la industria marítima, el sector privado, centros de estudio y la sociedad civil han traído aparejada una disminución constante del número de ataques de piratas y secuestros desde 2011, y sumamente preocupado todavía por la persistente amenaza que el resurgimiento de los actos de piratería y robo a mano armada en el mar representa para el suministro rápido, seguro y efectivo de ayuda humanitaria a Somalia y la región, para la seguridad de los navegantes y otras personas, para la navegación internacional y la seguridad de las rutas marítimas comerciales, y para otros buques, incluidos los buques pesqueros que faenan de conformidad con el derecho internacional,
Reafirmando que el derecho internacional, reflejado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 (“la Convención”), establece el marco jurídico aplicable a las actividades realizadas en los océanos, incluida la lucha contra la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba