DECRETO, Nº 006-2016-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Modifican el Artículo 1º y el numeral 6 del Artículo 2º del Decreto Regional Nº 001-2016-GRA/GR-DECRETO-Nº 006-2016-AREQUIPA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2017

LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6 del artículo 2° del Decreto Regional N° 001-2016-GRA/GR de fecha 19 de mayo de 2016, establece el procedimiento extraordinario para celebrar transacciones extrajudiciales en procesos judiciales sobre recálculo de pago de bonificación diferencial del 30% a personal del sector salud que labora en zonas rurales y urbano marginales de la región Arequipa, señalando:

ARTICULO 2°. - Etapas del Procedimiento Extraordinario.

Dicho Procedimiento extraordinario consistirá en las siguientes etapas:

6.- Con los interesados que acepten los términos se suscribirá una Transacción Extra Judicial; para tal efecto previamente los interesados deben recabar una constancia suscrita por el responsable de Recursos Humanos o quien haga sus veces y visado por el Jefe inmediato superior a ellos, en el sentido que la bonificación diferencial que percibe del 30% a que se refiere el artículo 184 de la Ley N° 25303, se le viene pagando en base a la remuneración total permanente percibida a la entrada en vigencia del citado dispositivo legal

.

Que, mediante Informe N° 114-2016-GRA/P-PPR la Procuradora Pública Regional Adjunta, señala:

3.- En cumplimiento a dicho Decreto la Procuraduría ha venido celebrando dichas transacciones extrajudiciales con los interesados y éstas han sido presentadas al Poder Judicial para su respectiva aprobación. En esta instancia los diferentes juzgados han venido observando dichas transacciones extrajudiciales solicitándonos que adjuntemos una constancia en el sentido que la bonificación diferencial que el demandante percibe del 30% a que se refiere el artículo 184 de la Ley N° 25303, se le viene pagando en base a la remuneración total permanente percibida a la entrada en vigencia del citado dispositivo legal.

4.- Ante ello debemos manifestarle que la gran mayoría de los trabajadores del sector no percibieron dicha bonificación a la entrada en vigencia del citado dispositivo legal (1991), recién han percibido dicha bonificación en años posteriores (1994, 1995…) ello debido a muchas razones (reasignación del trabajador o inaplicación de la norma por parte de la entidad), por lo tanto es materialmente imposible que se le expida una...

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