RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 468-2016-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Actualizan la denominación del Comité de Inversiones, por Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 468-2016-MINCETUR

EmisorCOMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2016

Lima, 30 de diciembre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 7.1, del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1251, el Ministerio es el titular del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en dicha norma; siendo que ejerce, entre otras, funciones relacionadas con la gestión y administración de los contratos y cumplimiento de las obligaciones contractuales a su cargo, hacer efectivas las penalidades por incumplimiento del contrato, modificar los contratos conforme las condiciones que establezca el mencionado Decreto Legislativo y su Reglamento, efectuar el seguimiento de la ejecución física y financiera de los proyectos bajo su competencia, sustentar la capacidad presupuestal para asumir los compromisos de los contratos de Asociación Público Privada y sus modificaciones, y declarar la suspensión o caducidad del contrato cuando concurran las causales previstas en el respectivo contrato;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la mencionada norma establece que el Ministerio debe asignar las funciones indicadas en el considerando anterior, vinculadas a la fase de ejecución contractual a un órgano dentro de su estructura organizacional o al Comité de Inversiones;

Que, asimismo, en el marco de lo establecido en la norma antes referida, mediante Resolución Ministerial N° 007-2016-MINCETUR, se constituyó el Comité de Inversiones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quedando pendiente la designación de su presidente del Comité;

Que, en atención de la constitución del Comité de Inversiones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, resulta conveniente que se le asigne a éste las funciones a las que se refiere el numeral 7.2 del artículo 7 de la norma referida en los párrafos precedentes;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1251, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 1224...

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