ORDENANZA, Nº 043-MDMP, GOBIERNOS LOCALES - Prohíben la quema de muñecos, llantas, artículos pirotécnicos y otros que contaminen en la vía pública en las Fiestas Navideñas y de Año Nuevo en el distrito-ORDENANZA-Nº 043-MDMP
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2016 |
Fecha de disposición | 31 Diciembre 2016 |
611013
NORMAS LEGALES
Sábado 31 de diciembre de 2016
El Peruano
/
ORDENANZA DE CONSTITUCION Y
RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO
DISTRITAL DE NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES
DEL DISTRITO DE MI PERÚ
CCONNA - MI PERÚ
Artículo Primero.- APROBAR, LA CONSTITUCIÓN
DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI
PERÚ, BAJO LAS SIGLAS CCONNA – MI PERÚ, como
un espacio de participación de carácter consultivo de
niñas, niños y adolescentes a nivel distrital, que tiene
como objetivo lograr que sus iniciativas puedan ser
debidamente canalizadas para favorecer su desarrollo
integral, siendo su nalidad la de proponer, coordinar y
participar en la formulación de políticas públicas distritales
sobre infancia y adolescencia.
Artículo Segundo.- El Consejo Consultivo Distrital
de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú,
CCONNA – Mi Perú, está constituido por dos Sub
Consejos Consultivos: Sub Consejo Consultivo Distrital
de Niñas, y Niños representado por niñas y niños de
8 a 12 años de edad, elegidos democráticamente,
titulares y alternos integrado por 04 Niños y Niñas: 02
Titulares y 02 Suplentes, y el Sub Consejo Consultivo
Distrital de Adolescentes representado por adolescentes
de ambos sexos de 13 a 16 años de edad, elegidos
democráticamente, titulares y alternos integrado por 08
Adolescentes: 04 Titulares y 04 Suplentes.
Cada Sub Consejo Consultivo, elige a su Equipo
Coordinador, de acuerdo a la siguiente estructura:
- Un representante, quien lo presidirá.
- Un representante, quien ejercerá la secretaria
técnica.
- Representantes consejeros.
Artículo Tercero.- La vigencia del Consejo Consultivo
Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi
Perú, CCONNA – Mi Perú, será por el periodo de dos años,
culminado su ejercicio, la Gerencia de Desarrollo Humano
llevará a cabo el proceso de elección democrática para un
nuevo periodo.
Artículo Cuarto.- Funciones del Consejo Consultivo
Distrital:
− Elaborar y presentar propuestas de políticas en
materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldía de la
Municipalidad Distrital de Mi Perú.
− Emitir opinión sobre todas las consultas que
le realicen en materia de políticas sobre infancia y
adolescencia.
− Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y
políticas que los afecten y les sea pertinente, a través de
una Declaración ante el Alcalde, quien lo trasladará a la
instancia competente.
− Difundir y promover los derechos y deberes de las
niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Sub
Gerencia de DEMUNA.
− Representar a las niñas, niños y adolescentes del
Distrito de Mi Perú ante las autoridades e instituciones
distritales, regionales y nacionales cuando sean
requeridos, para abordar temas sobre infancia y
adolescencia, en coordinación con la Gerencia de
Servicios Sociales, Sub. Gerencia de DEMUNA.
Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de
Desarrollo Humano, brindar las facilidades con recursos
necesarios y asistir técnicamente al CCONNA - Mi Perú
para el cumplimento de sus funciones.
Artículo Sexto.- RECONOCER LA CONFORMACIÓN
DEL PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE
MI PERÚ - CCONNA MI PERÚ, para el periodo 2016-
2018, elegidos democráticamente con fecha 05 de
octubre de 2016, así como a los representantes distritales
ante el CCONNA CALLAO (regional), cuya relación se
adjunta en anexo.
Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza regirá
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial “El Peruano”.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Ocial “El Peruano”.
Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de
Imagen Institucional la difusión en el Portal Institucional
de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR
Alcalde
ANEXO
ORDENANZA DE CONSTITUCION Y
RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO
DISTRITAL DE NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES
DEL DISTRITO DE MI PERU
CONNA - Mi Perú
PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE
MI PERU, PERIODO 2016-2018
Nº NOMBRES Y APELLIDOS PUESTO CARGO
1Daniel Anthony Astete Cadenas TITULAR Coordinador General
2 Rosmery Neysha Rojas Bedón SUPLENTE Coordinador General
3Yeremis María Ames Trigozo TITULAR Sub Coordinador
4 Bryan Alexander Caicedo Liza SUPLENTE Sub Coordinador
5 Sharlot Geraldine Lazaro Baltazar TITULAR Coordinador de Actas
6 Christian Antonio Rojas Cruz SUPLENTE Coordinador de Actas
7Marlon Buendía Trujillo TITULAR Coordinador de
Organizaciones
8 Wendy Mirella Medina Flores SUPLENTE Coordinador de
Organizaciones
REPRESENTANTES ANTE EL CONSEJO
CONSULTIVO REGIONAL DE NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA REGION
CALLAO - CCONNA CALLAO
Nº NOMBRES Y APELLIDOS PUESTO CARGO
1 Aldo del Rosario Tuanama TITULAR Coordinador General
2 Jade Kariño Salazar Condori TITULAR Sub Coordinador
3 Jordán Javier Rojas Ventura TITULAR Coordinador de Actas
4 Jazmín Guadalupe Sánchez
Ledesma
TITULAR Coordinador de
Organizador
1468926-1
Prohíben la quema de muñecos, llantas,
artículos pirotécnicos y otros que
contaminen en la vía pública en las Fiestas
Navideñas y de Año Nuevo en el distrito
ORDENANZA Nº 043-MDMP
Mi Perú, 16 de diciembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MI PERÚ.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MI PERÚ
VISTO:
Los Informes Ns. 083 y 092-2016-MDMP/SGCGA-
SGSALP, de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental y
Limpieza Pública, los Informes Ns. 823 y 829-2016-MDMP/
GSC, emitido por el Gerente de Servicios a la Ciudad,
el informe N° 304-2016/MDMP/GAJ, presentado por la
Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen Conjunto N°
002-2016-CSC-CSyMA-MDMP, de la Comisión de Servicios
a la Ciudad y Comisión de Salud y Medio Ambiente.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú,
modicado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional,
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