SEPARATA ESPECIAL.Ordenanzas Nºs 351-2016/MVES, 358 Y 359-MVES y Acuerdos Nºs 476, 501 y 503.Ordenanza que aprueba los Arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Año 2017 - Ordenanza que regula el monto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio 2017 - Ordenanza que establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las playas del distrito - Temporada Verano 2017.SEPARATA ESPECIAL Jueves 29 de diciembre de 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 351-2016/MVES ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA (RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLID... -

Fecha de disposición29 Diciembre 2016
Fecha de publicación29 Diciembre 2016
SEPARATA ESPECIAL
Jueves 29 de diciembre de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
ORDENANZA MUNICIPAL N° 351-2016/MVES
ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS
DE LIMPIEZA PÚBLICA (RECOLECCIÓN
DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES
PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2017
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N° 476
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 358-MVES
ORDENANZA QUE REGULA EL MONTO DEL DERECHO DE
EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES,
DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA
DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DEL EJERCICIO 2017
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 501
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 359-MVES
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE LA TASA DE
ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN LAS PLAYAS
DEL DISTRITO – TEMPORADA VERANO 2017
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 503
Jueves 29 de diciembre de 2016 / El Peruano
608896 NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 476
Lima, 15 de diciembre de 2016
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de diciembre del 2016, el Of‌i cio Nº 001-090-00008664 de
la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, adjuntando el expediente de ratif‌i cación de
la Ordenanza Nº 351-2016/MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que establece el régimen
tributario de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo,
correspondiente al ejercicio 2017, en esa jurisdicción; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratif‌i cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad.
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533, modif‌i cada por las Ordenanzas Nos. 1833 y 1969
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 27 de junio de 2011, el 19 de diciembre de 2014 y
el 21 de julio de 2016, respectivamente, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de
la ratif‌i cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, incluyendo sus respectivos
informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus
competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000463, opinando que
procede la ratif‌i cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad
con la Ordenanza Nº 1533, modif‌i cada por las Ordenanzas Nos. 1833 y 1969, y la Directiva Nº 001-006-
00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en el portal institucional.
Que, la Ordenanza materia de ratif‌i cación mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio
2016, considerando la aplicación de los mismos costos y tasas previstos para dicho ejercicio, previamente
reajustados con la variación del Índice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2016 (1.96%).
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 225-2016 -MML/CMAEO.
ACORDO:
Articulo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza N- 351-2016/MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador,
que establece el régimen tributario de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, parques y
jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2017, en esa jurisdicción distrital.
Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratif‌i catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento
de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2016, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratif‌i cada
incluido el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratif‌i cación, sin la condición
antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima-
SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo.
Registrese, comuniquese y cumplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
El Peruano / Jueves 29 de diciembre de 2016 608897
NORMAS LEGALES
ORDENANZA MUNICIPAL N° 351-2016/MVES
Villa El Salvador, 29 de septiembre de 2016
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y;
VISTO:
El Informe Nº 128-2016-GAT/MVES de la Gerencia de Administración Tributaria por el cual remite el “Proyecto de
Ordenanza que Aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Parques
y Jardines y Serenazgo para el año 2017”, el Informe Nº 383-2016-OAJ/MVES de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, el
Dictamen de la Comisión de Administración Tributaria 2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
y tienen potestad tributaria para crear, modif‌i car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales, de
conformidad con los artículos 74° y 194° de la Constitución Política del Perú;
Que, los numerales 1) y 2) del Artículo 69- de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que son
rentas municipales los tributos creados por ley a su favor, siendo estos las contribuciones, tasas, arbitrios, multas y
derechos, los cuales son creados por su Concejo Municipal y constituyen sus ingresos propios; guardando concordancia
con lo establecido en el Artículo 70º de la ley acotada, en el sentido que el Sistema Tributario de las municipalidades se
rigen por Ley Especial y el Código Tributario en la parte pertinente;
Que, mediante el Artículo 60- del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF, se precisa que de acuerdo a lo establecido por el numeral 4° del Artículo 195° y el Artículo
74- de la Constitución Política del Perú, las municipalidades crean, modif‌i can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan
exoneraciones dentro de los límites f‌i jados por ley;
Que, el Artículo 69-B del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que en caso que las Municipalidades no
cumplan con lo dispuesto en el Artículo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe
de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos
o arbitrios al 01 de enero del año f‌i scal anterior, reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice
de Precios al Consumidor (IPC), vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao,
correspondiente a dicho ejercicio f‌i scal;
Que, la Resolución Jefatural N° 294-2016-INEI, f‌i ja en 1.96% la variación acumulada del Índice de Precios al
Consumidor para Lima Metropolitana, la misma que en cumplimiento del artículo 69-B del Decreto Supremo N° 156-
2004-EF deberá reajustarse para su vigencia en el año 2017;
Que, con fecha 31 de diciembre del 2012 se publicaron en el Diario Of‌i cial El Peruano las Ordenanzas Municipales Nº
258-MVES, modif‌i cada por la Ordenanza N° 263-MVES para los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección
de Residuos Sólidos) y Parques y Jardines y la Ordenanza Municipal N° 259-MVES modif‌i cada por la Ordenanza N°264-
MVES por el Servicio Municipal de Serenazgo, ratif‌i cadas mediante Acuerdo de Concejo N° 2373-2012/MML y 2369-
2012/MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las mismas que regulan los importes de los Arbitrios Municipales
antes mencionados para el ejercicio f‌i scal 2013, siendo vigentes a partir del 01 de enero del mismo año; asimismo
con fecha 29 de diciembre del 2013 se publicó en el Diario Of‌i cial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 289-MVES,
ratif‌i cada mediante Acuerdo de Concejo N° 2751-2013/MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que
reajusta con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) los importes de los
Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Serenazgo y Parques y Jardines para el
ejercicio f‌i scal 2014, siendo vigente a partir del 01 de enero del año 2014; del mismo modo con fecha 28 de diciembre del
2014 se publicó en el Diario Of‌i cial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 313-2014-MVES, ratif‌i cada mediante Acuerdo
de Concejo N° 2427-2014/MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que reajusta con la aplicación de
la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza
Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Serenazgo y Parques y Jardines para el ejercicio f‌i scal 2015, siendo vigente
a partir del 01 de enero del año 2015; de igual manera, con fecha 31 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario Of‌i cial
El Peruano la Ordenanza Municipal N° 331-2015/MVES, ratif‌i cada mediante Acuerdo de Concejo N° 346-2015/MML de
la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que reajusta con la aplicación de la variación acumulada del Índice de
Precios al Consumidor (IPC) los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos
Sólidos), Serenazgo y Parques y Jardines para el ejercicio f‌i scal 2016, siendo vigente a partir del 01 de enero del año
2016.
Que, mediante Informe Nº 128-2016-GAT/MVES la Gerencia de Administración Tributaria, remite el Informe Técnico
con los reajustes de los costos de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes de agosto del
presente periodo f‌i scal, f‌i jado en 1.96 %, el mismo que fue aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 294-2016-INEI;
así también remite el Texto del Proyecto de Ordenanza para su respectiva aprobación por el Concejo Municipal;
Que, con Informe N° 383-2016-OAJ-MVES la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la propuesta
de Ordenanza para el ejercicio f‌i scal 2017, la cual se efectuara con el reajuste del índice del precio del consumidor
(IPC) f‌i jado por el INEI, precisando la mencionada Of‌i cina que el proyecto debe ser conocido por el Concejo Municipal
conforme a lo establecido en el artículo 9- numeral 8) y 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; por
cuanto el mencionado Proyecto cumple con los parámetros establecidos por la normatividad de la materia;

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