ORDENANZA, Nº 2019, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Aprueban la modificación del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima-ORDENANZA-Nº 2019

Fecha de disposición29 Diciembre 2016
Fecha de publicación29 Diciembre 2016
MateriaDerecho del Medio Ambiente
609102 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2016 /
El Peruano
“Artículo 2°.- LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y
OTRAS AUTORIZACIONES VINCULADAS:
Se encuentran comprendidos dentro de la presente
Ordenanza los siguientes procedimientos administrativos:
a) Autorización para el Uso Temporal de Vías Públicas
en calles Autorizadas del Cercado de Lima o Renovación
Anual de la Autorización Establecimiento con Licencia de
Funcionamiento Vigente.
b) Autorización de Anuncios y Avisos Publicitarios
Simples (Adosado a fachada) y/o Toldo.
c) Autorización de Anuncios y Avisos Publicitarios
(Luminoso o Iluminado) y/o Toldo.
d) Cese de Actividades (Licencia de Funcionamiento y
Autorizaciones Conjuntas) Titular
e) Cese de Actividades (Licencia de Funcionamiento y
Autorizaciones Conjuntas) Terceros.
f) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con
un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post.
g) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con
un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post en
forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario
Simple (Adosado a fachada) y/o Toldo.
h) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con
un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post en
forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario
(Luminoso o Iluminado) y/o Toldo.
i) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con
un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica
Ex – Ante.
j) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con
un área de más de 100 m2 hasta 500m2 con ITSE Básica
Ex Ante en forma conjunta con la Autorización de Anuncio
Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo.
k) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con
un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica
Ex Ante en forma conjunta con la Autorización de Anuncio
Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo.
l) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que
requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más
de 500 m2).
m) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que
requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de
500 m2) en forma conjunta con la Autorización de Anuncio
Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo.
n) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos
que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria
(Más de 500 m2) en forma conjunta con la Autorización
de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo.
o) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos,
Galerías Comerciales y Centros Comerciales (Licencia
Corporativa).
p) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos,
Galerías Comerciales (Licencia Corporativa), en forma
conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario
Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo.
q) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos,
Galerías Comerciales y Centros Comerciales (Licencia
Corporativa), en forma conjunta con la Autorización de
Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo.
r) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con un
área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post.
s) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con
un Área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post, en
forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario
Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo.
t) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con
un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post, en
forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario
(Luminoso o Iluminado) y/o toldo.
u) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con un
área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica
Ex Ante.
v) Licencia de Funcionamiento - Cesionarios con un
Área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica
Ex Ante, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio
Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo.
w) Licencia de Funcionamiento - Cesionarios con un
área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica
Ex Ante, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio
Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o toldo.
x) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con un
área de más de 500 m2.
y) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con
un área de más de 500 m2, en forma conjunta con la
Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a
Fachada) y/o Toldo.
z) Licencia de Funcionamiento – Cesionarios con
un área de más de 500 m2, en forma conjunta con
la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o
Iluminado) y/o Toldo.
aa) Duplicado de Licencia o de Certicado”.
Por ser un proceso único, que se inicia en un solo acto,
se presentará la Solicitud - Declaración Jurada y el pago
de las tasas municipales correspondientes, previstas en el
Texto Único de Procedimientos Administrativos.
Los procedimientos antes mencionados han sido
agregados y adecuados en virtud de la Resolución
Ministerial N° 088-2015-PCM y Decreto Legislativo N°
1246.
Queda establecido que para todos los efectos se
podrá
́ utilizar, de manera indistinta, el término licencia,
como el de autorización municipal o el de licencia de
funcionamiento, así́ como el de autorización municipal de
funcionamiento en el contexto de este dispositivo”.
Artículo Segundo.- Aprobación de Procedimientos
Administrativos
Aprobar los Procedimientos Administrativos así como
los Requisitos y Derechos de Trámite de la Municipalidad
Metropolitana de Lima en lo que se reere a las Licencia de
Funcionamiento y Autorizaciones Vinculadas, en adecuación
a la Resolución Ministerial No 088-2015-PCM, que aprueba
el TUPA modelo de los Procedimientos Administrativos
de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas
de Seguridad en Edicaciones para las Municipalidades
Provinciales y Distritales, conforme consta en el Anexo No 01
que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Modicación del TUPA
Modicar el Texto Único de los Procedimientos
Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1874 y sus
modicatorias, en el rubro de la Gerencia de Desarrollo
Económico de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
en lo que se reere a los procedimientos de Licencias de
Funcionamiento y Autorizaciones Vinculadas, de acuerdo
a lo establecido por la Resolución Ministerial N° 088-
2015-PCM, conforme constan en el Anexo 01 que forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Derogatoria
Deróguese toda disposición que se oponga a la
presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- Publicación y Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Ocial
El Peruano, y la referida norma y sus anexos serán
publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana
de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE
(www.serviciosalciudadano.gob.pe)
POR TANTO:
Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase.
En Lima, 22 DIC. 2016.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1467492-1
Aprueban la modiicación del TUPA de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA Nº 2019
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

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