DECRETO SUPREMO, Nº 382-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor de Gobiernos Regionales para financiar proyectos de inversión pública-DECRETO SUPREMO-Nº 382-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, los presupuestos de los Gobiernos Regionales del Departamento de Ica y de la Provincia Constitucional del Callao;

Que, a través del Oficio N° 717-2016-GORE.ICA-GR/GGR/GRPPAT-SPRE, el Gobierno Regional del Departamento de Ica ha solicitado recursos adicionales para financiar el proyecto de inversión pública: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable de la Ciudad de Ica, Provincia de Ica – Ica” (SNIP 162358) a cargo de la UE 001 Sede Central, con lo cual se garantizará el abastecimiento y un adecuado sistema de distribución de agua potable en la ciudad de Ica;

Que, a través del Oficio N° 193-2016-GRC/GR el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, solicita recursos adicionales para financiar el proyecto de inversión pública “Construcción de la Vía Costa Verde, Tramo Callao” (SNIP 48520), el cual permitirá mejorar la transitabilidad vehicular y la articulación vial entre el Callao y los distritos del Sur de Lima Metropolitana y culminar la ejecución física del proyecto conforme a la última verificación de viabilidad;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRES Y 00/100 SOLES (S/ 32 498 003,00) a favor de los pliegos presupuestarios señalados en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en los presupuestos institucionales del...

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