ORDENANZA, Nº 2015, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Modifican la Ordenanza Nº 341 que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, respecto a las vías expresas-ORDENANZA-Nº 2015

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2016
607185
NORMAS LEGALES
Miércoles 21 de diciembre de 2016
El Peruano
/
El monto se cancelará conjuntamente con la primera
cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2017.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Ocial “El
Peruano”.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima 9 de diciembre de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1464963-2
Modifican plano de zonificación del distrito
de Santa María del Mar
ORDENANZA Nº 2014
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15
de diciembre de 2016, el Dictamen Nº 074-2016-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN
DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR
APROBADO CON LA ORDENANZA Nº 1086-MML
Artículo Primero.- Modicar el Plano de Zonicación
del Distrito de Santa María del Mar, como se indica a
continuación:
SOLICITANTE DESCRIPCIÓN DEL PREDIO CAMBIO DE
ZONIFICACIÓN
1 Municipalidad
Distrital de
Santa María
del Mar
Terreno de un área de 45.22
has compuesto por el Sub lote 1
adyacente a la Urb. Santa María
del Mar, el Sub Lote 2 ubicado a la
altura del Km 53+597 de la antigua
Panamericana Sur y el Sub lote
3 ubicado entre los kilómetros
50.5 y 53.00 de la autopista
Panamericana Sur, distrito de
Santa María del Mar.
PTP y ZHR a
ZRE (Anexo 01)
Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de
Parámetros Urbanísticos y Edicatorios y el índice de
Usos, para la Ubicación de Actividades Urbanas de la
Petición de Cambio de Zonicación formulada en el
Artículo Primero. (Anexo 02).
Artículo Tercero.- La Municipalidad Distrital de
Santa María del Mar, deberá aprobar el Plano SV-01
correspondiente a la propuesta de nuevas vías que
permitan brindar la accesibilidad al predio, en coordinación
con el Instituto Metropolitano de Planicación, en un lapso
de 30 días calendarios.
Artículo Cuarto.- La Municipalidad Distrital de Santa
María del Mar a través del superciario, deberá cumplir en
los procesos correspondientes, con lo siguiente:
1) Elaboración y aprobación del Planeamiento Integral
del predio, al amparo de lo establecido por la Ordenanza
Nº 1467-MML y sus modicatorias.
2) La elaboración y aprobación por los organismos
competentes, de los Estudios de Impacto Vial y Ambiental
del proyecto a desarrollar.
3) Certicado de factibilidad de servicios emitida
por SEDAPAL y Luz del SUR u otro relacionado, y/o
plantear propuestas de alternativas de solución técnica
ambiental, que permitan abastecer continuamente los
servicios básicos domiciliarios a los posibles ocupantes
del proyecto inmobiliario.
4) Elaboración y aprobación del estudio de suelo con
nes de pavimentación y la actualización del Estudio de
Peligros con relación al proyecto a desarrollar.
5) Elaborar un Estudio de Peligros y Riesgos,
detallando las medidas de mitigación y protección
de acantilados, el cual deberá ser supervisado por la
Municipalidad Distrital de Santa María del Mar.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, cumpla con comunicar al propietario del predio
indicado en el Artículo Primero, lo dispuesto por la
presente Ordenanza.
Artículo Sexto.- Publicar la presente ordenanza en
el Diario Ocial El Peruano, y en la página web de la
Municipalidad Metropolitana de Lima sus Anexos (1 y 2).
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 15 de diciembre de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1465147-1
Modifican la Ordenanza N° 341 que aprueba
el Plano del Sistema Vial Metropolitano de
Lima, respecto a las vías expresas
ORDENANZA N° 2015
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de
diciembre de 2016, los Dictámenes Nos. 96-2016-MML-
CMDUVN y 26-2016-MML-CMCDCTU de las Comisiones
Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y
Nomenclatura y de Comercialización, Defensa del
Consumidor y Transporte Urbano;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA ALGUNOS ASPECTOS DE LA
ORDENANZA N° 341 QUE APRUEBA EL PLANO
DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO DE LIMA,
RESPECTO A LAS VIAS EXPRESAS.
Articulo Primero.- Modifíquese el literal a) del ANEXO
1 - DEFINICIONES de la Ordenanza 341 – que Aprueban
el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, conforme
el texto siguiente:
“a. Vías Expresas
Son aquellas vías que soportan gran volumen de
vehículos con circulación de alta velocidad en condición de
tránsito libre, sin existir cruces al mismo nivel con otras vías.
El transporte público de pasajeros está restringido y no se
permite la circulación de vehículos menores motorizados o
no motorizados de dos o tres ruedas, sean de uso público o
privado, esta medida alcanza a las vías arteriales y colectoras
siempre que se encuentre técnicamente justicado.
Las Vías Expresas Nacionales/Regionales integran la
Red Metropolitana de Lima con el resto del país a través
del transporte interprovincial de pasajeros y el de carga,
simultáneamente articulan el territorio metropolitano a

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