ORDENANZA, Nº 475/MM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Miraflores-ORDENANZA-Nº 475/MM

Fecha de disposición14 Diciembre 2016
Fecha de publicación14 Diciembre 2016
606378 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2016 /
El Peruano
del citado dispositivo, que faculta al Alcalde Distrital para
que establezca las disposiciones complementarias y
accesorias para la correcta aplicación de la norma.
Que, mediante Informe Nº 456-2016/MDLCH-GOPRI,
el Gerente de Obras Privadas teniendo en cuenta el
Informe Nº 257-2016/GOPRI-SGHUOP-PSL emitido por
su personal profesional, sugiere se siga otorgando la
posibilidad de regularizar las construcciones que no fueron
tramitadas dentro del plazo establecido en la Ley Nº 29090
y sus modicatorias, las Leyes Nº 29300, 29476, 29566
y 29898, cuyo reglamento se encuentra aprobado en el
D.S. Nº 008-2013-Vivienda, D.S. Nº 014-2015-Vivienda
y Decreto Legislativo Nº 1225, que siga permitiendo dar
solución a gran parte de la población.
Que, mediante Memorándum Nº 4576-2016/MDLC-
GM, el Gerente Municipal, por disposición de la Alta
Dirección, dispone se emita el acto administrativo para
la ampliación del plazo de vigencia de la Ordenanza de
regularización de Licencia de Edicaciones hasta el 31 de
diciembre de 2016, para posterior suscripción por parte
del titular.
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la
SE DECRETA:
Primero.- Ampliar la VIGENCIA de la Ordenanza Nº
230-MDL modicada con Ordenanza Nº 233-MDL, hasta
el 31 de diciembre de 2016.
Segundo.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas,
a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas la
difusión del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de
Gestión Tecnológica para su publicación en el portal de la
página web municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1463101-1
Amplían vigencia de la Ordenanza N° 229-
MDL hasta el 30 de diciembre de 2016
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 019-2016/MDLCH
Chosica, 24 de noviembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 229-MDL, publicada
en el diario ocial El Peruano el día 27 de abril de
2016, se establece el benecio de regularización de
las Habilitaciones Urbanas ejecutadas sin licencia en el
distrito de Lurigancho – Chosica, con vigencia de 120
días.
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 015-2016/
MDLCH, se amplió la vigencia de la Ordenanza Nº 229-
MDL, hasta el 26 de noviembre de 2016 en aplicación
del artículo décimo primero del citado dispositivo que
faculta al Alcalde Distrital para que mediante Decreto de
Alcaldía pueda prorrogar el plazo de vigencia de la citada
Ordenanza.
Que, mediante Informe Nº 455-2016/MDLCH-GOPRI,
el Gerente de Obras Privadas teniendo en cuenta el
Informe Nº 004-2016-MDLCH/GOPRI-SGHUOP-GDC,
de su personal profesional, sugiere se amplíe el plazo de
vigencia de la Ordenanza Nº 229-MDL a n que parte de
la población pueda acogerse a los benecios señalados
en el citado dispositivo municipal.
Que, mediante Memorándum Nº 4551-2016/MDLC-
GM, el Gerente Municipal, por disposición de la Alta
Dirección, dispone se emita el acto administrativo para
la ampliación del plazo de vigencia de la Ordenanza de
regularización de Habilitaciones Urbanas ejecutadas sin
Licencia, hasta el 31 de diciembre de 2016, para posterior
suscripción por parte del titular.
Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la
Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas
por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
SE DECRETA:
Primero.- Ampliar la VIGENCIA de la Ordenanza Nº
229-MDL hasta el 30 de diciembre de 2016.
Segundo.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas,
a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas la
difusión del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de
Gestión Tecnológica para su publicación en el portal de la
página web municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1463102-1
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban la Estructura Orgánica y el
Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad de Miraflores
ORDENANZA Nº 475/MM
Miraores, 06 de diciembre de 2016
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo de Miraores, en Sesión Ordinaria de la
fecha;
VISTO, el Informe 024-2016-GPP/MM y los
Memorándums Nros. 236 y 242-2016-GPP-MM de la
Gerencia de Planicación y Presupuesto, los Informes
Nros. 62 y 64-2016-SGRE-GPP/MM de la Subgerencia de
Racionalización y Estadística y el Informe Legal Nº 205-
2016-GAJ/MM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el artículo 194
de la Constitución Política del Perú, concordante con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar
el régimen de organización interior y funcionamiento
del gobierno local; así como aprobar, modicar o
derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos,
respectivamente;
Que, con la Ordenanza Nº 347/MM, publicada en el
diario ocial El Peruano con fecha 12 de abril de 2011, se
aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de
Miraores;
Que, es de tenerse presente que según el artículo 5
del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba
los lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones-ROF, por
parte de las entidades de la Administración Pública; el
Reglamento de Organización y Funciones –ROF, es el
documento técnico normativo de gestión institucional que
formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada
al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y

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