DECRETO SUPREMO, Nº 021-2016-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Decreto Supremo que prorroga la exoneración del pago de tasas registrales a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-DECRETO SUPREMO-Nº 021-2016-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, se declaró de preferente interés nacional la formalización de la propiedad informal, con su respectiva inscripción registral, respecto de los terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales, urbanizaciones populares y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios que estén constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal, con fines de vivienda;

Que, mediante Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, se declaró de interés público la formalización y titulación de predios urbanos informales a nivel nacional, sean públicos o privados y se dispuso su preferente atención por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, además de crear el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, por el plazo de tres (3) años, el mismo que fue ampliado por la Ley N° 29320 y luego por la Ley Nº 29802 que extiende su vigencia hasta el 11 de diciembre de 2016;

Que, durante el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, COFOPRI ejecuta de manera directa los procedimientos de saneamiento físico legal y titulación de los predios urbanos ubicados en posesiones informales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2015-VIVIENDA se exonera a COFOPRI del pago de las tasas registrales ante las Oficinas Registrales de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, durante el periodo de vigencia del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, estableciendo como fecha límite de la exoneración, el 11 de diciembre de 2016;

Que, el plazo del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos ha sido prorrogado nuevamente por el artículo 12 de la Ley Nº 30513, Ley que establece Disposiciones para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública y dicta Otras Medidas Prioritarias, extendiéndolo hasta el 31 de diciembre de 2017;

Que, la ampliación de la vigencia del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y...

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