RESOLUCION, Nº 257-2016-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Dictan mandato de conexión a favor de PROGENERE S.A.C. a fin de que LUZ DEL SUR S.A.A. le permita la utilización de sus redes-RESOLUCION-Nº 257-2016-OS/CD

Fecha de publicación01 Diciembre 2016
Fecha de disposición01 Diciembre 2016
605520 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2016 /
El Peruano
CODIGO CERTIFICADORA DE CONVERSION A GLP
AMBITO DE
OPERACIÓN
AUTORIZADO
15 ICONTEC DEL PERÚ S.R.L. NACIONAL
16
CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - CEDIVE
S.A.C.
NACIONAL
18 AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH
S.A.C. NACIONAL
19 MOTOR GAS G E.I.R.L. REGIONAL (LA
LIBERTAD)
20 CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA
S.R.L. NACIONAL
21 CERTIFICADORA CORPORATIVA DEL PERU
E.I.R.L. NACIONAL
23 S& H INGENIEROS SAC REGIONAL
(LAMBAYEQUE)
1459439-1
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Encargan funciones de la Dirección
Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de
Productos Biológicos del Instituto Nacional
de Salud
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 329-2016-J-OPE/INS
Lima, 30 de noviembre de 2016
VISTO:
La Carta de fecha 24 sde octubre de 2016, presentada
por la Químico Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo,
Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad
del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto
Nacional de Salud; y,
CONSIDERANDO:
la designación de funcionarios en cargos de conanza
distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley
se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;
Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley
dispone que todas las Resoluciones de designación o
nombramiento de funcionarios en cargos de conanza
surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano, salvo disposición en contrario de la
misma que postergue su vigencia;
Que, mediante la Resolución Jefatural N°
376-2014-J-OPE/INS, de fecha 03 de diciembre de
2014, se designa a la Químico Farmacéutica Julia
Elena Collazos Sotelo en el cargo de Directora
Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad del
Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto
Nacional de Salud;
Que, el artículo 82 del Reglamento de la Ley de la
Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo
N° 05-90-PCM, establece que el encargo de funciones
es temporal, excepcionalmente y fundamentado para el
desempeño de funciones de responsabilidad directiva y
en ningún caso debe exceder el ejercicio presupuestal;
Que, mediante documento de visto, la Químico
Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo presenta su
carta de renuncia al cargo de Directora Ejecutiva de la
Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de
Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud;
Que, en ese sentido resulta necesario aceptar la
misma, debiéndose encargar las funciones de dicha
Dirección Ejecutiva para su normal funcionamiento;
Con el visado del Sub Jefe y de la Directora General
de la Ocina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594,
Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°
005-90-PCM; y, en uso de las facultades establecidas en el
literal h) del artículo 12° del Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la Químico
Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo al cargo de
Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad
del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto
Nacional de Salud, dándole las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- Encargar a la servidora Rosa Luz Nalvarte
Estrada las funciones de la Dirección Ejecutiva de Calidad
del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto
Nacional de Salud, en adición de sus funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS SUÁREZ OGNIO
Jefe
1459199-1
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Dictan mandato de conexión a favor de
PROGENERE S.A.C. a in de que LUZ DEL SUR
S.A.A. le permita la utilización de sus redes
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 257-2016-OS/CD
Lima, 24 de noviembre de 2016
VISTA:
La solicitud del 22 de setiembre de 2016,
formulada por la empresa PROGENERE S.A.C. (en
adelante PROGENERE), a fin que Osinergmin emita
un mandato de conexión a la Empresa de LUZ DEL
SUR S.A.A. (en adelante LDS), de acuerdo con lo
previsto en el “Procedimiento para fijar las condiciones
de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmisión y
Distribución Eléctrica”, aprobado mediante Resolución
N° 091-2003-OS/CD (en adelante Procedimiento de
Libre Acceso).
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES
1.1. 22 de setiembre de 2016: PROGENERE
solicita a Osinergmin que emita un mandato de conexión
provisional a n de que LDS permita efectuar la conexión
de la Central Térmica La Gringa VI (en adelante la Central)
a la instalación comprendida en la Barra de la SED No.
1474 (redes de media tensión de 22.9 Kv) del Sistema
Las Praderas, Lurín.
1.2. 3 de octubre de 2016: Mediante Ocio N°
3501-2016-OS-DSE, se traslada a LDS la solicitud de
mandato de conexión presentado por PROGENERE, a

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