ORDENANZA, Nº 022-2016-GR-LL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - modifican la Ordenanza Regional Nº 008-2004-CR-RLL, en el extremo de la conformación del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región La Libertad (COREMYPE - LA LIBERTAD), el plazo para la constitución e instalación del COREMYPE - LA LIBERTAD y la encargatura de la implementación y su cumplimiento y sobre la forma de proponer su propio Reglamento Interno de Organización y Funciones-ORDENANZA-Nº 022-2016-GR-LL/CR
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD |
Fecha de la disposición | 24 de Noviembre de 2016 |
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos Nº 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 6 de Setiembre del dos mil dieciséis; el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de la Producción, relativo a la Modificación de la Ordenanza Regional Nº 008-2004-CR-LL, de fecha 21 de mayo 2004, que Crea el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región La Libertad (COREMYPE - LA LIBERTAD); y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú según el artículo 58° establece que la iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura;
Que, el Rol Económico del Estado según el artículo 59° señala que.- El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades;
Que, según el artículo 60°.- El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal;
Que, la norma constitucional define la descentralización del país como un proceso permanente e irreversible como objetivo el desarrollo integral de la nación. Con ese propósito se otorga a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa;
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 35°, precisa entre otras, como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales: la planificación del desarrollo integral de su Región, la ejecución de programas socio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba