ACUERDO, Nº 102-2016-CPP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA - Autorizan viaje del Alcalde a Argentina, en comisión de servicios-ACUERDO-Nº 102-2016-CPP

Fecha de disposición22 Noviembre 2016
Fecha de publicación22 Noviembre 2016
604832 NORMAS LEGALES Martes 22 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de
Zonicación, lámina PZ.-01 y la Memoria Justicativa
de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonicación
debidamente aprobados por la Sub. Gerencia de Obras
Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la
zonicación aprobada en el Artículo 1º de la presente
Ordenanza.
Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad
Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de
Zonicación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano
del Distrito de San Vicente, aprobada en el Artículo 1°, a
partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto e Informática a tráves de la Sub Gerencia de
Racionalización y Estadística e Informática, la presente
Ordenanza se publique en el portal de la Municipalidad
Provincial de Cañete, y a la Gerencia de Secretaría
General en coordinación con las áreas correspondientes
la publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN
Alcalde
1455589-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PAITA
Autorizan viaje del Alcalde a Argentina, en
comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 102-2016-CPP
Paita, 8 de noviembre de 2016
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8
de noviembre de 2016 el Ocio Nº 596 APCE-16 del Sr.
Miguel Calle, Presidente de la Asociación Peruana de
Ciudades Educadoras, sobre invitación para participar
en la V Visita Técnica Internacional al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Federal de
Argentina y el Acuerdo de Concejo Nº 090-2016-CPP de
fecha 13 de octubre de 2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo prescrito en el artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modicada mediante
Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607
y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, con fecha 20 de septiembre de 2016 se
recepciona el Ocio Nº 596-APCE-16 por el cual el Sr.
Miguel Calle, Presidente de la Asociación Peruana de
Ciudades Educadoras, en donde hace de conocimiento
que ha programado la V Visita Técnica Internacional al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –
Argentina, que se realizará del 22 al 27 de noviembre de
2016, la que tiene dos objetivos: El primero, conocer in
situ los proyectos que viene ejecutando el Gobierno de
Buenos Aires en materia de: Gestión Municipal, Seguridad
Ciudadana, Desarrollo Sostenible, Educación, Cultura,
Deporte, etc. El Segundo: Estrechar y fortalecer los
vínculos entre Argentina y Perú, a través de un Convenio
Marco de Cooperación Internacional en materia cultural,
económica, educativa, etc. entre el Gobierno de Buenos
Aires y los gobiernos sub nacionales peruanos.
Que, el artículo 9º inciso 11 de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es
atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes
al exterior del País que, en comisión de servicios o
representación de la Municipalidad, realicen el Acalde,
los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro
funcionario.
Que, la Ley Nº 27619, modicada por las Leyes
Nº 29142 y Nº 29465, regula el procedimiento y las
condiciones legales que deben observarse para autorizar
el viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos
o representantes del estado, cuando irrogue gastos al
Tesoro Público, aprobándose con Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM y sus posteriores modicatorias, las
normas que reglamentan las autorizaciones de la materia.
Que, según el artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016, se encuentra previsto la posibilidades de que los
Altos Funcionarios señalados en el artículo 2º de la Ley
Nº 28212, puedan realizar viajes al exterior con fondos
públicos, asimismo las condiciones establecidas por
la misma Ley Nº 30372, para la realización del viaje al
exterior de Altos Funcionarios de nivel municipal, y
conforme al artículo 10.1 señala la necesidad de que el
Concejo Municipal sea quien autorice la realización del
viaje y que el documento autoritativo sea publicado en el
Diario Ocial El Peruano.
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 090-2016-CPP
del 13 de octubre de 2016, se aprobó la participación de
la Municipalidad Provincial de Paita en la V Visita Técnica
Internacional al Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires – Argentina, que se realizará del 22 al 27 de
noviembre de 2016.
Que, la Visita Técnica tiene dos objetivos: El Primero:
Conocer in situ los proyectos que viene ejecutando
el Gobierno de Buenos Aires en materia de: Gestión
Municipal, Seguridad Ciudadana, Desarrollo Sostenible,
Educación, Cultura, Deporte, etc. El Segundo: Estrechar
y fortalecer los vínculos entre Argentina y Perú, a través
de un Convenio Marco de Cooperación Internacional
en materia cultural, económica, educativa, etc. entre el
Gobierno de Buenos Aires y los gobiernos sub nacionales
peruanos.
Que, cabe señalar que este tipo de reuniones
internacionales son de gran utilidad e importancia para
esta Municipalidad porque permiten adquirir una serie
de conocimientos y experiencias en la materia del
encuentro; asimismo, estos eventos internacionales
permiten concertar una serie de relaciones y contactos
para establecer proyectos de cooperación internacional
y de colaboración interinstitucional con instituciones del
país que se visita.
Que, a través del Informe Nº 144-2016-GAJ/MPP de
fecha 7 de noviembre de 2016, la Gerencia de Asesoría
Jurídica recomienda autorizar el viaje a la V Visita Técnica
Internacional al Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires – Argentina al Señor Alcalde Luis Reymundo
Dioses Guzmán que se llevará a cabo del 22 al 27 de
noviembre de 2016, en representación de la Municipalidad
Provincial de Paita.
Que, con Informe 136-2016-MPP/GM/GPyP
de fecha 7 de noviembre de 2016, la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, informa que realizado
el análisis de los saldos presupuestales y también las
proyecciones de ingresos, y si existe disponibilidad
presupuestal para otorgar la respectiva certicación de los
viáticos y gastos de transporte solicitados con el Rubro 08
Otros Impuestos Municipales, por el importe total de S/ 13
633,94 (Trece Mil Seiscientos Treinta y Tres con 94/100
Soles).
Que, el primer párrafo del artículo 24º de la Ley Nº
27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del
alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer
regidor hábil que sigue en su propia lista electoral”, por lo
que se hace necesario encargar el Despacho de Alcaldía
en el Teniente Alcalde.
Estando a las facultades conferidas la Ley Orgánica
de Municipalidades Ley Nº 27972 y a lo dispuesto por el
Pleno del Concejo Municipal por Mayoría Simple.
ACUERDA:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor
Alcalde de la Municipalidad Provincial de Paita, Abg.

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