ACUERDO, Nº 65-2016-CR/GRM, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA - Exhortan a diversas instituciones a incluir Componente 2 en el Proyecto "Afianzamiento Hídrico de la Cuenca del Río Tambo para el Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola, Regiones Moquegua, Arequipa" y solicitan instalación de mesa de diálogo para contribuir a su ejecución-ACUERDO-Nº 65-2016-CR/GRM

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2016
604829
NORMAS LEGALES
Martes 22 de noviembre de 2016
El Peruano
/
hábiles contados a partir de la publicación de la presente
Ordenanza.
Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno
Regional de Moquegua para su promulgación.
En Moquegua, a los 10 días del mes de octubre del
2016.
MAXIMO ROLANDO RAMOS APAZA
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla,
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua,
a los Doce Días del Mes de Octubre del Año Dos Mil
Dieciseís.
JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA
Gobernador Regional
1455583-1
Exhortan a diversas instituciones a
incluir Componente 2 en el Proyecto
“Afianzamiento Hídrico de la Cuenca del Río
Tambo para el Mejoramiento y Ampliación
de la Frontera Agrícola, Regiones Moquegua,
Arequipa” y solicitan instalación de mesa de
diálogo para contribuir a su ejecución
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 65-2016-CR/GRM
13 de julio de 2016
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de
Moquegua, de fecha 13 de julio del año 2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución
Política modicado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma
Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre
Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la
con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales;
Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, concordante con lo previsto en el artículo 63º
del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece
“Los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este
órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional,
de interés público, ciudadano o institucional o declara
su voluntad de practicar un determinado acto o norma
institucional”;
Que, el 03 de marzo del año 2013 la OPI del
Gobierno Regional de Moquegua, actuando como
Unidad Evaluadora aprobó el Perl del Proyecto
“Aanzamiento Hídrico de la Cuenca del Rio Tambo para
el Mejoramiento y ampliación de la Frontera Agrícola,
Regiones Moquegua, Arequipa” (Código SNIP 183189)
contemplando como metas del proyecto los siguientes
componentes: Componente 1: Construcción de la Presa
Paltuture y obras conexas; Componente 2: Obras de
captación y conducción principal a la zona de riego de
Quinistaquillas (1,000 ha); Componente 3: Mejoramiento
de la Infraestructura principal existente en el valle de
Tambo para el cultivo de 13,683 ha en primera y segunda
campaña y ampliación de 1,000 ha;
Que, en la Sesion Extraordinaria Nº 12-2016 de
fecha 13 de julio del 2016, el Gobernador Regional de
Moquegua y el Gerente del Proyecto Especial Regional
Pasto Grande expusieron los temas socializados con
el Ing. Jorge Montenegro Chavesta, Viceministro de
Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego;
Que, mediante Ocio 676-2016-MRRA/CD/
CR/GRM, el Consejero Delegado invita a participar
de la Sesión Extraordinaria Nº 12-2016 al Ing. Jorge
Montenegro Chavesta, Viceministro de Desarrollo e
Infraestructura Agraria y Riego con la nalidad que su
presencia contribuya a generar el desarrollo entre ambas
regiones;
Por lo que, en uso de sus atribuciones conferidas por
el Reglamento Interno del Consejo aprobado mediante
Ordenanza Nº 001-2011-CR/GRM; y, en mérito al análisis
y debate del Consejo Regional de Moquegua en Sesión
Extraordinaria de fecha 13 de julio del presente año, con
el voto por Unanimidad de sus miembros y con dispensa
del trámite de aprobación del acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- EXHORTAR al Ministerio de
Agricultura y demás instituciones involucradas para que
se incluya en el Proyecto “Aanzamiento Hídrico de la
Cuenca del Rio Tambo para el Mejoramiento y Ampliación
de la Frontera Agrícola, Regiones Moquegua, Arequipa”
el Componente 2: Obras de captación y conducción
principal a la zona de riego de Quinistaquillas (1,000 ha),
conforme a los compromisos asumidos por el Gobierno
Central.
Artículo Segundo.- RATIFICAR el anhelo de ver
culminado el Proyecto “Aanzamiento Hídrico de la
Cuenca del Rio Tambo para el Mejoramiento y Ampliación
de la Frontera Agrícola, Regiones Moquegua, Arequipa”,
el mismo que deberá de ser integral considerando que el
recurso hídrico deberá de ser distribuido equitativamente
en 50 % para ambas regiones.
Artículo Tercero.- RECHAZAR la propuesta
presentada por el Gobierno Regional de Arequipa, por
no contemplar en el expediente técnico del Proyecto
“Aanzamiento Hídrico de la Cuenca del Rio Tambo para
el Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola,
Regiones Moquegua, Arequipa”, el Componente 2: Obras
de captación y conducción principal a la zona de riego de
Quinistaquillas (1,000 ha).
Artículo Cuarto.- RECHAZAR la actitud del Ejecutivo
del Gobierno Nacional a través del Viceministro de
Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego Ing. Jorge
Montenegro Chavesta, por la posición parcializada y
falta de transparencia en el desarrollo del diálogo que ha
sostenido con las autoridades de la Región Moquegua
durante los días 12 y 13 de julio del presente año.
Artículo Quinto.- SOLICITAR al Presidente electo
Pedro Pablo Kuczynski para que, a partir del 28 de julio,
instale una mesa de dialogo que contribuya a solucionar
la problemática y ejecución del Proyecto “Aanzamiento
Hídrico de la Cuenca del Rio Tambo para el Mejoramiento
y Ampliación de la Frontera Agrícola, Regiones Moquegua,
Arequipa”.
Artículo Sexto.- COMUNICAR, el presente Acuerdo
de Consejo Regional al Ejecutivo y a las instancias
correspondientes, disponiendo su publicación en el portal
web del Gobierno Regional Moquegua.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MAXIMO ROLANDO RAMOS APAZA
Consejero Delegado
JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA
Gobernador Regional
1455581-4

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