ORDENANZA, Nº 13-2016-CR/GRM, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA - Aprueban la creación de la "Instancia Regional de Concertación de la Región Moquegua para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar"-ORDENANZA-Nº 13-2016-CR/GRM

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2016
604827
NORMAS LEGALES
Martes 22 de noviembre de 2016
El Peruano
/
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla,
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua,
a los cuatro Días del Mes de Julio del Año Dos Mil
Dieciseís.
JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA
Gobernador Regional
1455581-1
Declaran nulidad de oficio de la Ordenanza
N° 015-2014-CR/GRM mediante la cual
se aprobó la propuesta de Zonificación
Económica y Ecológica del departamento
de Moquegua
(Se publica la Ordenanza a solicitud del Gobierno
Regional Moquegua, mediante Ocio Nº 1671-2016-G/
GR.MOQ., recibido el 21 de noviembre de 2016)
ORDENANZA REGIONAL
Nº 12-2015-CR/GRM
29 de diciembre de 2015
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de
Moquegua, de fecha 05 de Noviembre del año dos
mil quince, el Dictamen presentado por la Comisión
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, que Aprueba declarar la Nulidad de Ocio de la
Ordenanza Regional Nº 015-2014-CR/GRM, de fecha 29
de Diciembre del 2014; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modicado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma
Constitucional, sobre Descentralización, concordante con
el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Base de la
Descentralización y con el Artículo 2º de la - Ley Nº 27867,
los Gobiernos Regionales tiene autonomía económica,
política y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 8º, numeral 8.1 de la Ley Nº 28611,
establece la Política Nacional del Ambiente Constituye el
conjunto de lineamiento, objetivos, estratégicos metas,
programas e instrumentos de carácter público, que
tiene como propósito denir y orientar el accionar de
las actividades del Gobierno Nacional, Regional y Local
y del sector privado y de la sociedad civil, en materia
ambiental;
Que, la Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM,
establece que de acuerdo a los procedimientos para la
validación de los instrumentos técnicos sustentatorios
que aprobó la Guía Metodológica para la elaboración
de los instrumentos técnicos sustentatorios para el
Ordenamiento Territorial;
Que, el Artículo 202º, numeral 202.2 de la Ley Nº 27444,
que la Nulidad de Ocio solo puede ser declarada por el
funcionario jerárquico superior al que expidió el acto que
invalida. Si se trata de un acto emitido por una autoridad
que no está sometido a subordinación jerárquica, la
nulidad será declarada también por resolución del mismo
funcionario;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2014-CR/
GRM, de fecha 29 de Diciembre del 2014, se aprueba la
propuesta de Zonicación Económica y Ecológica (ZEE)
del Departamento de Moquegua;
Que, con Ocio Nº 65-2015-MINAM/VMDERN/DGOT,
el Director General de Ordenamiento Territorial del
Ministerio del Ambiente exhorta al Gobierno Regional de
Moquegua a que deje sin efecto la Ordenanza Nº 015-
2014, que aprueba la propuesta de Zonicación Ecológica
y Económica (ZEE); por existir observaciones pendientes
de subsanación, señaladas por el MINAM;
de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanza
regionales, norman asuntos de carácter general, la
organización y administración del Gobierno Regional
y reglamentan materias de su competencia; así como
el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que
es atribución del Consejo Regional aprobar, modicar
o derogar las normas que regulan o reglamentan los
asuntos y materias de su competencia y funciones del
Gobierno Regional;
Que, estando a lo expuesto y conforme a las
atribuciones conferidas por los Artículo 15º y 38º de la
lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión del Consejo
Regional de Moquegua de la referencia, con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA LA
NULIDAD DE OFICIO LA ORDENANZA REGIONAL
Nº 015-2014-CR/GRM
Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE
OFICIO LA ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2014-CR/
GRM, de fecha 29 de Diciembre del 2014, por no haberse
cumplido con los requisitos establecidos conforme la
Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM, que aprobó la
Guía Metodológica para la elaboración de los instrumentos
técnicos sustentatorios para el Ordenamiento Territorial,
previo a su aprobación.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de
la presente Ordenanza Regional en el Diario Ocial
“El Peruano” y en el diario de mayor circulación
regional; asimismo disponer su inclusión en el portal
electrónico del Gobierno Regional de Moquegua,
previa promulgación de la presente por el Gobernador
Regional de Moquegua.
En Moquegua a los 29 días del mes de diciembre del
año 2015.
LEONEL E. VILLANUEVA TICONA
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua,
a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil
quince.
JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA
Gobernador Regional
1455581-3
Aprueban la creación de la “Instancia
Regional de Concertación de la Región
Moquegua para Erradicar la Violencia
contra la Mujer y los Integrantes del Grupo
Familiar”
ORDENANZA REGIONAL
Nº 13-2016-CR /GRM
6 de octubre de 2016
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 12-2016-CR/GRM,
de fecha 06 de Octubre del 2016, aprobó el DICTAMEN
01-2016-CONJEGyCCyN-CR-GRM presentado por
la Comisión Ordinaria del Niño, la Juventud, Equidad de
Género y Comunidades Campesinas y Nativas;

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