RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 277-2016-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Abren turno de la Sala Laboral Permanente de Tumbes, a fin que sea competente para conocer ingresos referidos a la anterior Ley Procesal del Trabajo y los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 277-2016-CE-PJ

Fecha de disposición09 Noviembre 2016
Fecha de publicación17 Noviembre 2016
SecciónSección Única

Lima, 9 de noviembre de 2016

VISTOS:

El Oficio Nº 1450-2016-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y el Responsable Técnico del PP 0099 “Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales”; así como, el Informe Nº 809-2016-ST-ETIINLPT-PJ, que contiene propuesta para abrir el turno de la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 167-2016-CE-PJ, de fecha 6 de julio de 2016, se dispuso que a partir del 1 de agosto de 2016, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Tumbes remita, por única vez, su carga procesal en trámite al 30 de junio de 2016, referida a los procesos laborales de la anterior Ley Procesal del Trabajo y de los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales, a la Sala Laboral Permanente de Tumbes; salvo los expedientes que estén por sentenciar, no debiendo exceder de 300 expedientes.

Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 596-2016-P-CSJTU/PJ, del 19 de julio de 2016, la Presidencia de la Corte Superior de Justica de Tumbes dispuso que la Sala Especializada Civil de Tumbes, a partir del 21 de julio de 2016, proceda con la transferencia a la Sala Laboral Supraprovincial de Tumbes, por única vez, su carga procesal en trámite al 30 de junio de 2016, referida a procesos laborales sustanciados con la anterior Ley Procesal del Trabajo y de los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales, hasta completar los 300 expedientes en total, salvo los expedientes que se encuentran por sentenciar.

Asimismo, mediante Oficio N° 282-2016-ADM-MCL-NLPT-CSJTU/PJ, del 8 de agosto del año...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR