RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 877-2016/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Constituyen Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la empresa privada que financiará y/o ejecutará los Proyectos priorizados por la Resolución Ministerial Nº 738-2016/MINSA, y la entidad privada supervisora-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 877-2016/MINSA

Fecha de publicación11 Noviembre 2016
Fecha de disposición11 Noviembre 2016
MateriaDerecho Procesal
603971
NORMAS LEGALES
Viernes 11 de noviembre de 2016
El Peruano
/
un representante del Ministerio de Salud a participar en el
mencionado evento;
Que, el mencionado evento tiene como objetivo
desarrollar algunas actividades comunes enmarcadas
en los cuatro (4) Equipos de Trabajo materia de la citada
reunión, a saber: a) Grupo de Trabajo N° 01: Control
de oferta, b) Grupo de Trabajo N° 02: Reducción de la
Demanda, c) Grupo de Trabajo N° 03: Lavado de Activos
y d) Grupo de Trabajo: Cooperación Jurídica Internacional
y Asistencia Mutua Penal;
Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos
y Drogas del Ministerio de Salud es la autoridad técnico-
normativa a nivel nacional y sectorial, responsable de
proponer la regulación y normar dentro de su ámbito, así
como evaluar, ejecutar, controlar, scalizar, supervisar,
vigilar, auditar, certicar y acreditar en temas relacionados
a lo establecido en la Ley N° 29459, Ley de los Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos
Sanitarios;
Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos
y Drogas del Ministerio de Salud solicita se autorice el
viaje del químico farmacéutico Christian Salcedo Quijano,
miembro del Equipo de Drogas de la Dirección de
Productos Farmacéuticos de la citada Dirección General;
Que, en tal sentido, atendiendo a la temática y al
objetivo del evento antes mencionado, resulta de interés
nacional e institucional autorizar el viaje de citado
profesional para que participe en representación del
Ministerio de Salud;
Que, los gastos de viaje al exterior del químico
farmacéutico Christian Salcedo Quijano de la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas del
Ministerio de Salud, por concepto de pasajes y viáticos
para participar en el evento antes señalado, serán
cubiertos con cargo al presupuesto institucional, conforme
a lo indicado por la Ocina General de Administración del
Ministerio de Salud mediante 2122-2016-OGA/MINSA,
para cuyo efecto se cuenta con los Certicados de Crédito
Presupuestario N° 0000005014 y 0000005015-2016 del
Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento
de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder
Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos
distintos a los señalados en los literales a), b), c), d),
e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a
través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 30372,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2016, en la Ley N° 27619, Ley que Regula la
autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos y su modicatoria, Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos y modicatorias, y
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del químico farmacéutico
Christian Salcedo Quijano, Profesional de la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas del
Ministerio de Salud a la ciudad de Santiago de Chile,
República de Chile, del 14 al 17 de noviembre de 2016,
para los nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje del citado
profesional en cumplimiento de la presente Resolución
Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de
nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados
del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente
detalle:
- Pasaje aéreo, tarifa económica para 1 persona : US$ 501.04
(Incluido TUUA)
- Viáticos por 3 días : US$ 1,110.00
(US$ 1,110.00 incluido gastos de instalación)
TOTAL : US$ 1,611.04
Artículo 3.- Disponer que el citado profesional,
dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su
retorno, presente ante la Titular de la entidad, con copia
a la Ocina General de Recursos Humanos del Ministerio
de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que
acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a
Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no
da derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
1452399-12
Constituyen Comité Especial responsable
de organizar y conducir el proceso de
selección de la empresa privada que
inanciará y/o ejecutará los Proyectos
priorizados por la Resolución Ministerial
N° 7382016/MINSA, y la entidad privada
supervisora
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 877-2016/MINSA
Lima, 8 de noviembre de 2016
Visto: el expediente N° 16-101242-001 que contiene
el Informe N° 852-2016-OGPPM/MINSA, emitido por el
Director General de la Ocina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización, y;
CONSIDERANDO:
del Sector Privado y normas modificatorias, se
aprobaron medidas con el objeto de impulsar la
ejecución de proyectos de inversión pública de
impacto regional y local, con la participación del sector
privado, mediante la suscripción de convenios con los
Gobiernos Regionales y/o Locales y Universidades
Públicas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2014-
EF se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley
Participación del Sector Privado, que tiene como objeto
establecer disposiciones reglamentarias para la adecuada
aplicación de la Ley N° 29230;
Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley
que Establece Medidas para Promover el Crecimiento
Económico, modicado por el artículo 4 del Decreto
Legislativo N° 1238, se autoriza a las entidades del
Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a
ejecutar Proyectos de Inversión Pública en el marco del
Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de
salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público
y seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los
procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230;
Que, mediante Decreto Supremo N° 409-2015-
EF, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley
N° 30264, Ley que establece medidas para promover el
crecimiento económico;

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