RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 459-2016-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Modifican la R.M. Nº 449-2014-MEM/DM, a fin de reducir área de servidumbre de ocupación de la Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 459-2016-MEM/DM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2016
603963
NORMAS LEGALES
Viernes 11 de noviembre de 2016
El Peruano
/
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial por una sola vez y por cuenta del
nuevo titular en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
1447510-1
Modifican la R.M. N° 449-2014-MEM/DM,
a fin de reducir área de servidumbre de
ocupación de la Central Eólica Parque
Eólico Tres Hermanas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 459-2016-MEM/DM
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 11231714 sobre imposición
de servidumbre de ocupación de la Central Eólica
Parque Eólico Tres Hermanas, la solicitud de la segunda
modicación a la referida imposición de servidumbre de
ocupación; y, el Informe N° 528-2016-MEM/DGE-DCE;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 049-2014-
EM se otorga a favor de Parque Eólico Tres Hermanas
S.A.C. (en adelante, la Concesionaria) la concesión
denitiva para desarrollar la actividad de generación de
energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables
en la Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas
ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca,
departamento de Ica;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 449-2014-
MEM/DM se impone la servidumbre de ocupación con
carácter permanente para la Central Eólica Parque Eólico
Tres Hermanas a favor de la concesión referida en el
considerando que antecede;
Que, mediante la Resolución Ministerial 116-
2016-MEM/DM se modica el artículo 1 de la indicada
Resolución Ministerial N° 449-2014-MEM/DM a n de
reducir el área de servidumbre de ocupación impuesta;
Que, la Concesionaria solicita la segunda modicación
de la mencionada servidumbre de ocupación para la
Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas, mediante el
documento con registro de ingreso Nº 2632038 de fecha
15 de agosto de 2016;
Que, del contenido de la solicitud se desprende
que la referida segunda modicación solicitada implica
una reducción del área de servidumbre de ocupación
establecida para la mencionada Central Eólica de 23
112 607,044 m2 a 23 112 605,0427 m2, reducción que no
causa ningún daño o perjuicio al predio afectado por la
servidumbre;
Que, la petición se encuentra amparada por el artículo
111 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas y el artículo 222 de su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, la Dirección
General de Electricidad al vericar que la Concesionaria
cumple con los requisitos legales y procedimientos
correspondientes emite opinión mediante el Informe N°
528-2016-MEM/DGE-DCE, a través del cual recomienda
que procede modicar la servidumbre de ocupación para la
Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas, reduciendo
el área de la servidumbre de ocupación solicitada;
De conformidad con la Ley de Concesiones Eléctricas
y su Reglamento;
Con la opinión favorable de la Directora General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modicar el artículo 1 de la Resolución
Ministerial N° 449-2014-MEM/DM a n de reducir el área
de la servidumbre de ocupación de la Central Eólica
Parque Eólico Tres Hermanas, sobre la base de la
documentación técnica y los planos proporcionados por la
Concesionaria, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripción de la Servidumbre Área de
Servidumbre Propietario
11231714 Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas
Ubicación: Distrito de Marcona, provincia de
Nazca, departamento de Ica
Área: Servidumbre de ocupación
Coordenadas UTM (PSAD 56):
Vértice Este Norte
C1 489 394,2900 8 298 689,4830
C2 489 906,1240 8 297 005,7090
C3 490 854,1080 8 296 968,3600
C4 493 096,4100 8 297 905,0210
C5 494 267,2650 8 297 981,8310
C6 495 660,6100 8 296 958,3500
C7 496 975,5500 8 298 585,1200
C8 496 055,4100 8 299 823,7700
C9 497 100,2100 8 300 741,7100
C10 496 787,1900 8 301 583,2200
C11 495 674,8600 8 302 297,4400
V1 495 349,1225 8 299 362,0162
V2 495 516,6866 8 299 231,9828
V3 495 320,2637 8 299 081,8474
V4 495 158,1152 8 299 216,0196
Área total:
23 112
605,0427 m²
Estado
Artículo 2.- La Concesionaria debe adoptar las
medidas necesarias a n de que el área de servidumbre
no sufra daño ni perjuicio por causa de la modicación,
quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en
caso de incumplimiento.
Artículo 3.- La Concesionaria debe velar
permanentemente para evitar que en el área afectada
por la reducción de la servidumbre o sobre ella se ejecute
cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.
Artículo 4.- La presente Resolución entra en vigencia
al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
1449356-1
Aprueban Norma DGE relacionada
a las “Especificaciones Técnicas y el
Procedimiento de Evaluación de un
Sistema Pico Fotovoltaico (SPFV) y sus
componentes”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 272-2016-MEM/DGE
Lima, 28 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley 28749, se aprueba la
Ley General de Electricación Rural, con el objeto de
establecer el marco normativo para la promoción y el
desarrollo eciente y sostenible de la electricación de
zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;
Que, en el artículo 11 de la Ley N° 28749, descrita en el
considerando anterior, establece que se debe contar con
normas especícas de diseño y construcción, para lo cual
la Dirección General de Electricidad (DGE) del Ministerio
de Energía y Minas debe emitir las correspondientes
normas de diseño y construcción a propuesta de la
Dirección General de Electricación Rural (DGER), las
mismas que deben ser actualizadas permanentemente;
Que, entre los días 06 de junio y el 08 de julio
de 2016, se prepublicó el proyecto de Resolución
Directoral que aprueba la Norma DGE referido a las

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