Resolución nº 457-2016/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 9 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2016
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente000453-2012/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 000453-2012/DIN

RESOLUCIÓN Nº 000457-2016/DIN-INDECOPI Lima, 09 de mayo de 2016

Levantamiento de suspensión del procedimiento- Acto modificatorio: Aceptado Mediante expediente N° 000453-2012/DIN, iniciado el 09 de abril de 2012, WYETH de Estados Unidos de América solicita la modificación de las reivindicaciones presentadas en el expediente Nº 000105-2002/OIN, correspondiente a la patente de invención “SUCCINATO DE O-DESMETIL-VENLAFAXINA”, inscrita mediante Título Nº 4354, para lo cual ha presentado un nuevo pliego de 10 reivindicaciones.

  1. ANTECEDENTES De la información contenida en los registros de la Dirección, se ha podido constatar que se inscribió a favor de WYETH de Estados Unidos de América, mediante Título Nº 4354, la patente de invención para NUEVA SAL DE SUCCINATO DE O-DESMETIL-VENLAFAXINA”, que protegía un pliego de 29 reivindicaciones. Con fecha 26 de mayo de 2011, FARMINDUSTRIA S.A. de Estados Unidos de América solicitó la nulidad de la patente de invención mencionada, tramitándose bajo expediente Nº 001104-2011/DIN. Mediante Resolución Nº 0000262012/CIN-INDECOPI de fecha 15 de febrero de 2012, la Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías declaró fundada en parte la acción de nulidad y, en consecuencia, nulas las reivindicaciones 1 a 4, 6, 7, 9, 10, 12 y 14 a 29 de la patente de invención. Con fecha 16 de marzo de 2012, WYETH interpuso recurso de apelación contra la Resolución Nº 000026-2012/CIN-INDECOPI de fecha 15 de febrero de 2012, que declara fundada en parte la acción de nulidad. Mediante Resolución Nº 2786-2014/TPI-INDECOPI de fecha 22 de agosto de 2014, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual confirmó la Resolución Nº 000026-2012/CIN-INDECOPI de fecha 15 de febrero de 2012 en el extremo que declaró nulas las reivindicaciones 1 a 4, 6, 7, 9, 10, 12 y 14 a 29; asimismo, dejó firme la mencionada Resolución en lo demás que contiene.

    1 de 6

  2. LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN ORDENADA MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº 000775-2012/DIN-INDECOPI El artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1075, que aprueba disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, señala que la autoridad competente suspenderá la tramitación de los procedimientos que ante ella se siguen sólo en caso de que, con anterioridad al inicio del procedimiento administrativo, se haya iniciado un proceso judicial que verse sobre la misma materia, o cuando surja una cuestión contenciosa o no que, a criterio de la respectiva autoridad competente precise de un pronunciamiento previo sin el cual no puede ser resuelto el asunto que se tramita ante ella. Mediante Resolución Nº 000775-2012/DIN-INDECOPI de fecha 27 de junio de 2012, se suspendió la tramitación del presente procedimiento hasta que la Sala Especializada en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR