RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 713-2016-P-CSJLE/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Designan magistrados Supernumerarios en el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino y del Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho y aprueban otras disposiciones en la Corte Superior de Justicia de Lima Este-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 713-2016-P-CSJLE/PJ
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2016 |
Fecha de disposición | 31 Octubre 2016 |
Chaclacayo, 31 de octubre de 2016
VISTA:
La Resolución Administrativa N° 215-2016-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe N° 319-2016-AE-ADM-CSJLE/PJ del Área de Estadística; y
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Administrativa de Vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dictó entre otros, las siguientes disposiciones administrativas: i) Reubicar a partir del primero de noviembre del año en curso, el Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio – Surco y San Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima a este Distrito Judicial como Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino, con turno cerrado; y ii) Que el Primer y Segundo Juzgados de Paz Letrados de El Agustino remitan al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo Distrito, como máximo la cantidad de ochocientos expedientes que al treinta de septiembre del año en curso, no se encuentren expeditos para sentenciar, por lo que corresponde adoptar medidas necesarias a efectos de ejecutar lo antes dispuesto, teniendo en cuenta para ello el informe del Área de Estadística.
Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º del Texto Único Ordenado la Ley Orgánica del Poder Judicial.
RESUELVE:
DESIGNAR al señor Abogado JUAN PABLO QUISPE JULCA como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino, a partir del dos de noviembre del año dos mil dieciséis.
DESIGNAR a la señora Abogada ANNE JUDITH FLORES SALCEDO como Jueza Supernumeraria del Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, con efectividad al dos de noviembre del año en curso.
DISPONER la redistribución de expedientes que al treinta de septiembre del año en curso, no se encontraban expeditos para sentenciar, del Primer y Segundo Juzgados de Paz Letrados de El Agustino al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo Distrito, de la siguiente manera:
[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]
[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]
La redistribución antes indicada comprende a los procesos cualquiera sea la especialidad y año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de...
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