RESOLUCION, Nº 185-2016-INDECOPI/COD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2-RESOLUCION-Nº 185-2016-INDECOPI/COD

EmisorINSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2016

Lima, 26 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el inciso c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 122-2016-INDECOPI/COD publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de julio de 2016, el Consejo Directivo del Indecopi designó a la señora Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2, por un período adicional de cinco (05) años, con efectividad anticipada al 21 de junio de 2016;

Que, la señora Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2;

Estando al Acuerdo Nº 082-2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 21 de octubre de...

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