Resolución nº 859-2016/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Abril de 2016
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2016 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 410-2015/CC1 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº4102015/CC1
RESOLUCIÓNFINALNº08592016/CC1
DENUNCIANTE : AMÉRICO MICHAEL SUCNO QUIROZ (EL SEÑOR
SUCNO)
DENUNCIADA : BANCODECRÉDITODELPERÚS.A.(ELBANCO)
MATERIAS : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
DERECHOALAINFORMACIÓN
IDONEIDAD
ACTIVIDAD :SISTEMAFINANCIEROBANCARIO
Lima,27deabrilde2016
ANTECEDENTES
1. El 21 de abril de 2015, el señor Sucno denunció al Banco por presuntas infracciones
de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante,
elCódigo) ,señalandolosiguiente:
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(i) El 27 de febrero de 2015, el Banco le comunicó, mediante correo electrónico,
queaprobósusolicitudparaobteneruncréditohipotecario.
(ii) El 6 de marzo de 2015, presentó todos los documentos solicitados por el Banco
respectoalinmueblemateriadetransferencia.
(ii) El 16 de marzo de 2015, mediante correo electrónico, el Banco le comunicó que
solo se encontraba pendiente la firma de la minuta para proceder con el
desembolsodelcréditohipotecario.
(iii) El 30 de marzo de 2015, firmó la minuta con el vendedor del inmueble y entregó
dicha documentación al Banco; sin embargo, otro funcionario le solicitó la
presentación de documentos adicionales para proceder con el desembolso del
crédito.
(iv) El 7 de abril de 2015, el Banco le informó que tenía que presentar más
documentos,paraconelloefectuareldesembolsodelreferidocrédito.
2. El señor Sucno solicitó, en calidad de medida correctiva, que se ordene al Banco lo
siguiente: (i) la ejecución del desembolso de su crédito hipotecario bajo las
condiciones en las que se aprobó, (ii) se aplique el tipo de cambio convenido con la
1Publicadoel2deseptiembredel2010enelDiarioOficialElPeruanoyvigentedesdeel2deoctubredel2010.
MCPC06/1A
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