Resolución nº 176-2016/CPC-INDECOPI-LOR de Comisión de Protección al Consumidor, de 19 de Abril de 2016

Fecha de Resolución19 de Abril de 2016
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente8-2016/CPC

RESOLUCIÓN FINAL Nº 176-2016-INDECOPI-LOR

PROCEDENCIA : LORETO

DENUNCIANTE : SUMNER HANS TUESTA RODRIGUEZ (SEÑOR

TUESTA)

DENUNCIADO : VICARIATO REGIONAL DE LA ORDEN DE SAN

AGUSTIN EN IQUITOS (COLEGIO PARTICULAR SAN AGUSTIN 1 )

MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ACTIVIDAD : ENSEÑANZA INICIAL

SUMILLA: Se acepta el desistimiento del procedimiento iniciado por el señor SUMNER HANS TUESTA RODRIGUEZ en contra del VICARIATO REGIONAL DE LA ORDEN DE SAN AGUSTIN EN IQUITOS, en consecuencia, se dispone el archivo del expediente.

Iquitos, 19 de abril de 2016.

I. ANTECEDENTES

  1. Mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2016, el SEÑOR TUESTA presentó su denuncia en contra de COLEGIO PARTICULAR SAN AGUSTIN por presunta infracción a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante el Código), señalando lo siguiente:

    1.1. Que, junto con su esposa, llevan matriculando a su menor hijo en la institución educativa denunciada desde el año 2014, es decir, viene estudiando los niveles año 3 y año 4 de inicial.

    1.2. Que, reconoce haber tenido un atraso en el pago de las pensiones de su menor hijo en el último año, pero en la actualidad no tendría deuda alguna con el colegio, la misma que fue cancelada el 01/02/2016.

    1.3. Que, acorde a lo manifestado por el SEÑOR TUESTA, el último día para cancelar las deudas que acarrearía de años anteriores con el colegio fue el 28/12/2015, después fue ampliada en 2 oportunidades hasta el 29/01/2016, por lo que efectuó el pago de su deuda el 01/02/2016, a fin de mantener la vacante de su menor, así como el pago de la matrícula del año 2016 el 05/02/2016, teniendo como fecha límite el 08/02/2016

    1.4. Sin embargo, cuando acudió el día señalado en el boletín de la institución (08/02/2016), la institución educativa le habría informado de la pérdida de la vacante, pese a que se realizó el pago de la matrícula del presente año.

    [1] 1 RUC N° 20100053455

    1/4

    M-CPC-05/1A

    Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual

    Jirón Putumayo 446, Iquitos - Perú Telf.: 24-3490

  2. El SEÑOR TUESTA, solicitó como medida correctiva lo siguiente:

    (i) Que, se conserve la vacante de su menor hijo Hans Fabianno Tuesta Origgi, y se permita la matrícula con la posterior educación por el presente año 2016 en el grado inicial 5 años.

  3. Mediante Resolución N° 1 del 16 de febrero de 2016, la Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Loreto (en adelante la Secretaría Técnica) admitió a trámite la denuncia presentada contra COLEGIO PARTICULAR SAN AGUSTIN por presunta infracción al Código, por el siguiente hecho:

    “(…) PRIMERO: Admitir a trámite la denuncia de fecha 09 de febrero de 2016; presentado por el señor SUMNER HANS TUESTA RODRIGUEZ contra el VICARIATO REGIONAL DE LA ORDEN DE SAN AGUSTIN, por presunta...

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