Resolución nº 753-2016/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 13 de Abril de 2016

Fecha de Resolución13 de Abril de 2016
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1390-2015/CC1
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDOR1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTE13902015/CC1
RESOLUCIÓNFINAL07532016/CC1
DENUNCIANTE : MERCEDESANAAGUILARFLORES(LASEÑORAAGUILAR)
DENUNCIADA : CAJA MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR DE LIMA S.A. (LA
CAJA) 
MATERIA : CONCLUSIÓN ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO POR
ACUERDOCONCILIATORIO
ACTIVIDAD : SISTEMAFINANCIEROBANCARIO
Lima,13deabrilde2016
ANTECEDENTES
1. El 24 de noviembre de 2015, la señora Aguilar denunció a la Caja por presuntas
infracciones a la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
1
adelante,elCódigo),señalandolosiguiente:

(i) En 11 de julio de 2012, solicitó un crédito a la Caja por US$ 2 900,00, suscribiendo
un pagaré en blanco, el cual fue cancelado en su totalidad el 7 de enero de 2013;         
noobstante,noleentregóelpagarésuscrito.
(ii) En julio de 2014, tomó conocimiento que la Caja había iniciado un proceso judicial
en su contra, requiriendo el pago de S/ 14 978,08 por el pagaré N° 0170608, cuya
firma desconoce, que concluyó en forma anticipada el 17 de marzo de 2015 por
inasistenciadeambaspartesalaaudienciaprogramadaporeljuez.

(iii) Posteriormente, tomó conocimiento que la Caja la reportó con calificación negativa
ante la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y      
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (en adelante, la Central de
Riesgos de la SBS), por la falta de pago de una deuda por S/ 11 762,00, en calidad
deaval,lacualnoreconocía.

(iv) El 8 de abril de 2015, envió una carta notarial a la Caja, reclamando por el hecho
señaladoanteriormente.

(v) El 30 de abril de 2015, la Caja atendió su comunicación, señalando que si bien
canceló el crédito contratado por US$ 2 900,00 el 7 de enero de 2013, ese mismo
día contrató un crédito por S/ 15 000,00, para lo cual le cursó copia del pagaré en
blancoN°0170608,quegarantizódichadeuda,cuyacontrataciónnoreconocía.
1 Publicadael2desetiembrede2010enelDiarioOficialElPeruanoyvigenteapartirdel2deoctubrede2010.
1
MCPC03/1D

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