Resolución nº 353-2016/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2016
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente914-2015/CC2
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº9142015/CC2
RESOLUCIÓNFINALNº3532016/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : MARÍALAURAYABARARBULÚ
(LASEÑORAYABAR)
DENUNCIADO : LA GRANJA VILLA Y SU MUNDO MÁGICO S.A.
(LAGRANJAVILLA)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
DEBERDEIDONEIDAD 
ACTIVIDAD : OTRASACTIVIDADESDEESPARCIMIENTON.C.P.
Lima,25defebrerode2016
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 3 de agosto de 2015, la señora Yabar interpuso una denuncia
en contra de La Granja Villa por presunta infracción a la Ley Nº 29571, Código de
1
ProtecciónyDefensadelConsumidor(enadelante,elCódigo) ,señalandoque:
2
(i) El 28 de julio de 2015 a las 14:16 horas aproximadamente, asistió al
establecimiento de La Granja Villa en compañía de su señora madre y sus       
dosmenoreshijos,de3años,y1añoy6mesesdenacido,respectivamente.
(ii) Al momento de ingresar al referido establecimiento, la retuvieron con la
finalidad de revisar su cartera, así como el maletín de ropa y pañales de su
hijo, tocando los accesorios del bebé (cuchara y biberones) con las manos
sucias. Asimismo, retuvieron el biberón preparado con la leche para la
alimentación de su hijo, argumentando que los procedimientos seguidos se
encontrabandeacuerdoasusprotocolos.
(iii) En esa misma oportunidad, estiraron a su bebé (quien se encontraba dormido)
de manera inadecuada, con la finalidad de verificar si tenía más de 80 cm y
justificar con ello el cobro de la suma ascendente a S/ 49,50 por concepto de
entradadelmenor.
1 RUCN°20123724004.
2LEY 29571. CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de septiembre de
2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se configuren          
a partir del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigencia el mismo. Los demás casos, se seguirán  
tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0062009/PCM, Texto Único Ordenado de la Ley
del Sistema de Protección al Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1de octubre de2010), en el           
Decreto Supremo 0392000/ITINCI(vigente hasta el26 de juniode 2008) yDecreto Legislativo Nº1045 (vigente       
entreel27dejuniode2008yel30deenerode2009).
MCPC05/1A
1

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