Resolución nº 281-2016/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 12 de Febrero de 2016
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2016 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 702-2015/CC1 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº602014/CC1
RESOLUCIÓNFINALNº02812016/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : JESÚS PEDRO VELÁSQUEZ DÍAZ (EL SEÑOR
VELÁSQUEZ)
DENUNCIADO :SCOTIABANKPERÚS.A.A. (ELBANCO)
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SERVICIOS,COBRANZASEINVERSIONESS.A.C.(SCI)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
PRÉSTAMO
DEBERDEINFORMACIÓN
IDONEIDAD
MÉTODOSABUSIVOSDECOBRANZA
ACTIVIDAD : SISTEMAFINANCIEROBANCARIO
SANCIÓN : SCOTIABANKPERÚS.A.A.:UNA(1)UIT
Lima,12defebrerode2016
ANTECEDENTES
1. El 7 de enero de 2014, el señor Velásquez denunció al Banco por presuntas infracciones
a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código),señalandolosiguiente:
(i) El 26 de diciembre de 2013, envió una carta al Banco solicitando información
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sobre el Préstamo N° 67xxx2; sin embargo, el agente bancario respondió a su
requerimiento de información de manera incompleta en la medida que tampoco
señaló la Tasa de Costo Efectivo Anual (en adelante, TCEA) de dicho producto
financiero, además precisó que dicha información tampoco se indicaba en la hoja
resumen.
1 ConRUC:20100043140.
2CabeprecisarqueelseñorVelásquezsolicitólasiguienteinformación:
a) Eldetalledetipodecréditootorgado,susparticularidadesocondiciones.
b) Lastasasdeinterésaplicadas,latasadecostoefectivoanual,comisiones,elinterésmoratorio.
c) Copiadelcontratoycopiadeltítulovalorfirmado.
d) Copia del documento que contiene los acuerdos donde consten la forma de completar o emitir el título valor y las
condicionesdesutransferencia.
e) Historialdelospagosefectuados.
f) Indicarelsaldoadeudadoalafecha.Susustentoydetalle.
g) Indicarquesistemadeamortizaciónesaplicablealcrédito.
h) Copiadelahojaresumen.
i) Indicarlosseguroscontratadosyproporcionarcopiadelaspólizas.
j) Indicar en una cifra a cuánto asciende el total desembolsado por el Banco, y a cuánto asciende (en una sola cifra) el total
delcapital,intereses,gastosycomisionespagadashastaelmomentoporelcliente.
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(ii) De la carta de respuesta, igualmente se percató de que el denunciado estaría
aplicando a su préstamo el sistema de amortización francés, el mismo que le
resultaríaonerosoyperjudicial.
(iii) Asimismo, el Banco, a través de su gestor de cobranzas, Servicios, Cobranzas e
Inversiones S.A.C. (en adelante, SCI), efectuó requerimientos de pago en sobre
abiertoasudomicilio,loscualeseranrecibidosporsusfamiliares.
2. ElseñorVelásquezsolicitóseordenealBancolosiguiente:
(i) BrindeinformaciónsobrelaTCEA.
(ii) Efectúeunanuevaliquidacióndeladeuda.
(iii) Lasmedidascorrectivasqueelcasoamerite.
(iv) Elpagodelascostasycostosdelprocedimiento.
3. A través de la Resolución Nº 1 del 19 de marzo de 2014, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Protección al Consumidor Nº 1 (en adelante, la Secretaría Técnica) admitió a
trámiteladenuncia,bajolossiguientestérminos:
“(…)
(i) Por presunta infracción de los artículos 1º numeral 1, literal b) y2° numerales 2.1 y
2.2 de la
Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en la
medida que el Banco no habría cumplido con informar la TCEA aplicable al
préstamo otorgado al señor Velásquez en la carta de requerimiento del 26 de
diciembrede2013;y,enlahojaresumendelcrédito.
(ii) Por presunta infracción de los artículos18° y 19° de la LeyNº 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor, en la medida que el Banco estaría
aplicando al préstamo del señor Velásquez el sistema de amortización francés, sin
contar con su respectiva autorización, el mismo que le resultaría oneroso y
perjudicial.
(iii) Por presunta infracción de los artículos 61º y 62º literal c) de la Ley Nº 29571,
efectuórequerimientosdepagoensobreabiertoasudomicilio.
(…)”
4. El2dejuliode2014,elBancopresentósusdescargosmanifestandolosiguiente:
(i) Al momento de contratar, los clientes son informados del correcto empleo del
servicio adquirido. De esta forma, mediante el contrato y la hoja resumen, se
comunica de manera clara cuáles son las características y condiciones del uso del
servicioadquirido.
(ii) La información solicitada por el señor Velásquez no le era de utilidad para ejercer
de una mejor manera su relación con la entidad; sin embargo, todo lo requerido le
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