Resolución nº 42-2016/CC3 de Comisión de Protección al Consumidor, de 5 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2016
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente28-2015/CC3
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 3
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 28-2015/CC3
M-CPC-05/1A 1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0042-2016/CC3
EXPEDIENTE : 28-2015/CC3
AUTORIDAD : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR 3
(Comisión)
ADMINISTRADO : CORPORACIÓN EDUCATIVA LUREN
S.A.C.
1
(Corporación Educativa)
MATERIA : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
IDONEIDAD
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA
Lima, 5 de febrero 2016
I. ANTECEDENTES
1. En el marco de las acciones de supervisión y fiscalización desarrolladas por la
Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor 2, mediante
Memorándum 4464-2012/CPC se encargó a la Gerencia de Supervisión y
Fiscalización (en adelante, GSF) llevar a cabo las acciones pertinentes en
diversos centros educativos particulares, entre los que se encontraba elColegio
Particular Señor de Luren, cuyo titular es la Corporación Educativa, a fin de
verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ley 29751, Código de Protección
y Defensa del Consumidor (en adelante, Código).
2. En virtud de ello, la GSF emitió el Informe 487-2015/GSF
2
respecto a la
supervisión delaCorporación Educativa, en el que se concluyólo siguiente:
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
58. Existen indicios que determinan que el CENTRO EDUCATIVOha
incumplido con lo establecido en el artículo 19º del Código, toda vez que la
selección de textos escolares no se ha efectuado de conformidad con lo
dispuesto en el numeral 11.2 del artículo 11º del D.S. 015-2012-ED. En
ese sentido, corresponde recomendar el inicio de un procedimiento
administrativo sancionador en este extremo. ()
3. De acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 102-2015-INDECOPI/COD del 7
de junio de 2015
3
se creó la Comisión de Protección al Consumidor 3, la misma
1 Cabe señalar que la administrada está registrada en l a base de datos de la SU NAT con número de RUC
20517993990 y con domicilio fiscal ubicado en Jr. Luis Giribaldi 2 35 (Paralela Av. Parinacochas), La Vict oria,
Lima. Asimismo, es titular del C olegio Particular Señor de Luren (folio 20).
2 Precisar que cualquier indicaci ón a Centro Educativo en el informe de super visión hace referencia a la
CORPORACIÓN EDUCATIVA L UREN S.A.C.
3 RESOLUCIÓN 102-2015-INDECOPI-COD, Crean Comisión de Protección al Consumidor adicional,
adscrita a la sede central del IND ECOPI, bajo la denominación Comisión de Protecci ón al Consumidor 3
Artículo 1.- Crear una Comisión de Protección al Consumidor adicional, adscrit a a la s ede central del Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, bajo la
denominación Comisión de Prot ección al Consum idor Nº 3, la misma que será competente de forma exclusiva
para investigar, iniciar y resolver, procedimientos administr ativos sancionadores por propia iniciativa en materia
de protección al consumidor.()

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