Resolución nº 2256-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 9 de Diciembre de 2015
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 000712-2015/CC2 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº7122015/CC2
RESOLUCIÓNFINALNº22562015/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : MIRIAM HAYDEE MANCILLA BARRERA (LA
SEÑORAMANCILLA)
DENUNCIADO : PANIFICADORABIMBODELPERÚS.A.(BIMBO)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
IDONEIDAD
DEBERDESEGURIDADGENERAL
MEDIDASCORRECTIVAS
COSTASYCOSTOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE
PANADERÍA
Lima,9dediciembrede2015
ANTECEDENTES
1. El 16 de junio de 2015, la señora Mancilla presentó una denuncia contra
1
DefensadelConsumidor(enadelanteelCódigo) yseñalóque:
2
(i) El 20 de febrero de 2015, a las 20:00 horas adquirió un “Keke
Marmoleado” marca Bimbo con fecha de vencimiento 6 de
marzode2015.
(ii) El producto fue colocado en la mesa de su cocina, en presencia
de algunos miembros de la familia, entre ellos su nieta de 3
añosdeedad.
(iii) Antes de intentar abrirlo para consumirlo, se percató que en uno
de sus lados existía un color extraño y al examinarlo advirtió la
existenciadeuna“anomalía”.
(iv) Ese mismo día, denunció los hechos en redes sociales
(Facebook) y guardó el producto en sus mismas condiciones de
intangibilidad.
(v) Ante esta denuncia, personal de Bimbo a través de la referida
red social le solicitó un medio de contacto para entablar un
diálogo.
(vi) En una comunicación telefónica con el abogado del denunciado,
le expresó su obligación moral de denunciarlo por poner en
1 ConRUCN°20348735692.
2LEY Nº 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de septiembre de
2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se
configuren a partir del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigencia el mismo. Los demáscasos, se
seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0062009/PCM, Texto Único Ordenado
de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 de octubre de
2010), en el Decreto Supremo Nº 0392000/ITINCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y Decreto Legislativo Nº
1045(vigenteentreel27dejuniode2008yel30deenerode2009).
1
MCPC05/1A
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