Resolución nº 2200-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 4 de Diciembre de 2015
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 641-2015/CC2 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº6412015/CC2
RESOLUCIÓNFINALNº22002015/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTES :AARÓNGÓMEZGONZÁLES
(ELSEÑORGÓMEZ)
DENUNCIADA : FTCONSTRUCTORESS.A.C.
(FT)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
IDONEIDAD
ACTIVIDAD : SERVICIOSINMOBILIARIOS
Lima,4dediciembrede2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito de fecha 3 de junio de 2015, el señor Gómez presentó una
1
ProtecciónyDefensadelConsumidor
(enadelanteelCódigo),señalandoque:
2
(i) El 28 de febrero de 2013, suscribió un contrato con FT Constructores a fin
de adquirir el Departamento N° 703 y el Estacionamiento N° 27 del
Proyecto Multifamiliar ubicado en Prolongación Iquitos N° 1570, 1576,
1584, 1588, 1590, distrito de Lima – Cercado, por la suma ascendente a
S/.291323,34nuevossoles.
(ii) FT Constructores se comprometió a realizar la entrega de los inmuebles en
diciembre de 2014; sin embargo, no cumplió. Asimismo, el proveedor se ha
negado a redactar la minuta de compraventa y enviarla al Notario Público
paraqueelaborelaEscrituraPúblicacorrespondiente.
(iii) El proveedor denunciado pretendió engañarlo, en tanto le indicó que debía
retirar los depósitos efectuados en una entidad financiera para que
realizara un nuevo depósito con la finalidad de no entregar los inmuebles
objetodecontrato.
2. ElseñorGómezsolicitóqueseordenenlasmedidascorrectivaspertinentes.
1 ConRUCN°20512830154.
2 LEY N°29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de septiembre
de 2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se
configuren a partir del 2 de octubre de 2010, fecha en lacual entró envigencia el mismo.Los demás casos,
se seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0062009/PCM, TextoÚnico
Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 de
octubre de 2010), en el Decreto Supremo Nº 0392000/ITINCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y
DecretoLegislativoNº1045(vigenteentreel27dejuniode2008yel30deenerode2009).
M-CPC-05/1A
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