Resolución nº 2086-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 19 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente445-2015/CC2
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº4452015/CC2
RESOLUCIÓNFINALNº20862015/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : CONSULTORES RH & ABOGADOS S.A.C.
(CONSULTORESRH)
DENUNCIADO : AUTOFONDOS.A.C.(AUTOFONDO)
MATERIA : IDONEIDAD
ACTIVIDAD : VENTADEVEHÍCULOSAUTOMOTORES
Lima,19denoviembrede2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 21 de abril de 2015, complementado con el escrito del 6 de
mayo de 2015, Consultores RH denunció a Autofondo por presunta infracción de
la LeyNº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor ( en adelante,
elCódigo)
,señalandolosiguiente:
1
(i) El 26 de enero de 2015, Autofondo le entregó el vehículo Chevrolet modelo
Captiva,año2014,con91Kmderecorridoyunrayónenelguardafango.
(ii) El 6 de febrero de 2015, comunicó a Autofondo que el vehículo presenta
un olor quemado, por lo que se realizó un recorrido por las calles aledañas
al taller, siendo que el denunciado le indicó que se trataba del embrague y
queconelusodelvehículoelolordesaparecía.
(iii) El 16 de febrero de 2015, el vehículo fue llevado al taller de Autofondo en
la medida que persistía el olor y que un día antes el carro se habría
quedado parado intempestivamente. Agregó que Autofondo expidió una
orden de servicio, pese a que correspondía que la unidad pasara por
atención en virtud de la garantía, motivo por el cual interpuso su reclamo
en el Libro de Reclamaciones de la empresa denunciada, solicitando que
leapliquenlagarantíadelvehículo.
(iv) El 25 de febrero de 2015, Autofondo le envió el presupuesto del servicio,
manifestandoquelagarantíanocubríaelembrague.
(v) El 27 de febrero de 2015, cursó una carta a Autofondo expresando su
malestar debido a que no se encontraba de acuerdo con efectuar el pago
de la orden de servicio, puesto que lo adecuado sería que mencionen el
internamientoporgarantíauordendeinternamientoporgarantía.
1LEY 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, Publicado el 2 de setiembre de 2010      
en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se configuren a
partirdel2deoctubrede2010.
1
MCPC05/1A

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