Resolución nº 644-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Octubre de 2015
Fecha de Resolución | 21 de Octubre de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 347-2015/CPC |
COMISIÓNDELAOFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA
RESOLUCIONNº6442015/INDECOPIPIU
EXP.ENORPSNº1072015LCC/PS0INDECOPIPIU
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PROCEDENCIA : ÓRGANORESOLUTIVODEPROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOSDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORDELA
OFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA(ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : RICARDOSÁNCHEZCASTILLO
(ELSEÑORSÁNCHEZ)
DENUNCIADO : BANCOFINANCIERODELPERÚS.A.(ELBANCO)
MATERIA : LIQUIDACIÓNDECOSTASYCOSTOS
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento de liquidación de pago de costas y costos iniciado por el
señor Sánchez contra el Banco ante el ORPS, la Comisión ha resuelto
revocar la resolución
venida en grado, en el extremo que denegó el pago de costos solicitados por el señor
Sánchez y reformándola, ordenar al Banco
que en un plazo no mayor de 5 (cinco) días
hábiles, cumpla con pagar directamente al señor Sánchez, por concepto de costos, el
monto ascendente a S/. 3,500.00, bajo apercibimiento de proceder a la aplicación del
artículo 118 del Código. Asimismo, se deja sin efecto el extremo que ordenó como pago por
concepto de costas el monto ascendente a S/. 36.00 por tasa cancelada por derecho de
trámite de liquidación de costas y costos, al haber quedado acreditado que el Banco ya
cumplióconabonardichoimporte.
Piura,21deoctubrede2015.
ANTECEDENTES
1. El 25 de noviembre de 2014 el señor Sánchez denunció al Banco por presunto
incumplimiento a la Ley N° 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código), iniciándose el procedimiento administrativo signado con el N°
6892014/PS0INDECOPIPIU.
2. Mediante Resolución Final Nº 0992015/PS0INDECOPIPIU del 11 de febrero de 2015, el
Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (en adelante ORPS) se pronunció en los
siguientestérminos:
(…)
“
CUARTO
: Ordenar a Banco Financiero del Perú que, en un plazo no mayor a cinco (5)
días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, cumpla con
pagar al señor Ricardo Sánchez Castillo la suma de S/. 36,00 (treinta y seis y 00/100
Nuevos Soles) a cada uno por concepto de costas del procedimiento. Ello, sin perjuicio del
derecho del denunciante de solicitar la liquidación de las costas y costos una vez
concluidalainstanciaadministrativa.”
(…)
3. Mediante Resolución Nº 3292015/INDECOPIPIU la Comisión de la Oficina Regional del
IndecopidePiura(enadelante,laComisión)sepronuncióenlossiguientestérminos:
“Confirmar Resolución N° 0992015/PS0INDECOPIPIU del 11 de febrero de 2015,
emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
INSTITUTONACIONALDEDEFENSADELACOMPETENCIAYDELAPROTECCIÓNDELAPROPIEDADINTELECTUAL
Av.LosCocosNº268,Urb.ClubGrau,Piura–Perú/Telefax:073308549
Email:apena@indecopi.gob.pe/Web:www.indecopi.gob.pe
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