Resolución nº 644-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente347-2015/CPC
COMISIÓNDELAOFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA
RESOLUCIONNº6442015/INDECOPIPIU
EXP.ENORPSNº1072015LCC/PS0INDECOPIPIU
Página1de11
PROCEDENCIA : ÓRGANORESOLUTIVODEPROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOSDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORDELA
OFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA(ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : RICARDOSÁNCHEZCASTILLO
(ELSEÑORSÁNCHEZ)
DENUNCIADO : BANCOFINANCIERODELPERÚS.A.(ELBANCO)
MATERIA : LIQUIDACIÓNDECOSTASYCOSTOS
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento de liquidación de pago de costas y costos iniciado por el
señor Sánchez contra el Banco ante el ORPS, la Comisión ha resuelto
revocar la resolución        
venida en grado, en el extremo que denegó el pago de costos solicitados por el señor
Sánchez y reformándola, ordenar al Banco
que en un plazo no mayor de 5 (cinco) días
hábiles, cumpla con pagar directamente al señor Sánchez, por concepto de costos, el
monto ascendente a S/. 3,500.00, bajo apercibimiento de proceder a la aplicación del
artículo 118 del Código. Asimismo, se deja sin efecto el extremo que ordenó como pago por
concepto de costas el monto ascendente a S/. 36.00 por tasa cancelada por derecho de
trámite de liquidación de costas y costos, al haber quedado acreditado que el Banco ya
cumplióconabonardichoimporte.
Piura,21deoctubrede2015.
ANTECEDENTES
1. El 25 de noviembre de 2014 el señor Sánchez denunció al Banco por presunto
incumplimiento a la Ley N° 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el  
Código), iniciándose el procedimiento administrativo signado con el N°
6892014/PS0INDECOPIPIU.
2. Mediante Resolución Final 0992015/PS0INDECOPIPIU del 11 de febrero de 2015, el
Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (en adelante ORPS) se pronunció en los
siguientestérminos:
(…)
CUARTO
: Ordenar a Banco Financiero del Perú que, en un plazo no mayor a cinco (5)
días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, cumpla con
pagar al señor Ricardo Sánchez Castillo la suma de S/. 36,00 (treinta y seis y 00/100
Nuevos Soles) a cada uno por concepto de costas del procedimiento. Ello, sin perjuicio del
derecho del denunciante de solicitar la liquidación de las costas y costos una vez
concluidalainstanciaadministrativa.”
(…)
3. Mediante Resolución Nº 3292015/INDECOPIPIU la Comisión de la Oficina Regional del
IndecopidePiura(enadelante,laComisión)sepronuncióenlossiguientestérminos:
“Confirmar Resolución 0992015/PS0INDECOPIPIU del 11 de febrero de 2015,       
emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
INSTITUTONACIONALDEDEFENSADELACOMPETENCIAYDELAPROTECCIÓNDELAPROPIEDADINTELECTUAL
Av.LosCocosNº268,Urb.ClubGrau,Piura–Perú/Telefax:073308549
Email:apena@indecopi.gob.pe/Web:www.indecopi.gob.pe

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