Resolución nº 603-2015/CPC-INDECOPI-CUS de Comisión de Protección al Consumidor, de 22 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente124-2015/APEL-CPC-INDECOPI-CUS
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI CUSCO
EXPEDIENTE ORPS Nº: 150-2015/PS0-INDECOPI-CUS
EXPEDIENTE COMISIÓN Nº:124-2015/APEL-CPC-INDECOPI-CUS
M-CPC-05/1A 1/13
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA P ROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Urb. Constancia A-11-2, Wanchaq, Cusco – Perú / Teléfono: 084-252987
E-mail: paragon@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 603-2015/INDECOPI-CUS
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
CUSCO
INTERESADO : GABRIEL GUILLERMO ACAT PERLA
DENUNCIADO : FINANCIERA UNO S.A.
MATERIA : TEMAS PROCESALES
CONCILIACIÓN Y DESISTIMIENTO
LEGITIMIDAD PARA OBRAR
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA
SUMILLA: Confirmar la Resolución Final Nº 279-2015/PS0-INDECOPI-CUS, de
fecha 07 de agosto de 2015, emitida por el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina
Regional del Indecopi de Cusco; en el extremo referido a que la transacción
y desistimiento alcanzados con posterioridad al inicio de un Procedimiento
Sumarísimo de Protección al Consumidor no ponen fin a este, así como la
pérdida de interés para obrar del interesado no afecta la continuación del
procedimiento.
Confirmar la Resolución Final Nº 279-2015/PS0-INDECOPI-CUS que sancionó
a la Financiera Uno S.A. con una multa de 1 UIT por infracción del artículo
19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, en tanto el cobro de
membresía al señor Gabriel Guillermo Acat Perla deviene en indebido, al no
haberse acreditado la comunicación del cambio de las condiciones
contractuales alegadas por la denunciada.
SANCIÓN:
0.50 UIT
1
: por cobro indebido de membresía
Cusco, 22 de octubre de 2015.
1
Código Único de Multa (CUM): 20150000007166

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