Resolución nº 1047-2015/PS2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1010-2015/PS2
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
EXPEDIENTE Nº 1010-2015/PS2
M-OPS-03/1B
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1047-2015/PS2
EXPEDIENTE : 1010-2015/PS2
AUTORIDAD : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N° 2
(OPS)
DENUNCIANTE ; JESSICA ISABEL ZAPATA ROJAS
ADMINISTRADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
MATERIA : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
PROTECCIÓN DE INTERESES ECONÓMICOS
MÉTODO COMERCIAL COERCITIVO
DEBER DE INFORMACIÓN
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 14 de octubre de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 de fecha 31 de agosto de 2015, el OPS inició un
procedimiento administrativo sancionador en contra de Banco de Crédito del Perú
1
(en
adelante, el Banco), por presuntas infracciones a lo establecido en;
Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), en tanto debitó indebidamente
de la cuenta de ahorros de la señora Jessica Zapata Rojas (en adelante, la señora
Zapata), el importe de S/. 9 251,95 bajo la glosa Pago Tarjeta Negocios con el
objeto de cancelar la deuda a cargo de Druger Safety S.A.C. (en adelante,
Druger), a pesar que la interesada: (i) no reconoce haber asumido la condición de
fiadora solidaria de dicha empresa; y, (ii) no se le informó en forma previa sobre la
deuda impaga de dicha empresa y de la posibilidad de efectuarle cobros de su
cuenta de ahorros por ésta; y,
(ii) los artículos 1º inciso b) y 2º del Código, en tanto no cumplió con entregar a la
interesada copia del contrato de la tarjeta de crédito de Druger, conforme
solicitudes de fechas 14 y 21 de mayo y 15 de junio de 2015, enviadas al correo
cchuquino@bcp.com.pe.
2. Mediante escrito del 10 de septiembre de 2015, la señora Zapata agregó que la firma
consignada en el Contrato de Fianza Solidaria no le pertenecía.
3. El 16 de septiembre de 2015, el Banco presentó sus descargos, manifestando lo
siguiente:
(i) La señora Zapata se encontraba vinculada con la tarjeta Solución Negocios
Nº 4099***7236 de la empresa Druger, toda vez que ésta firmó en calidad de
fiador solidario de dicha tarjeta, otorgada con fecha 23 de enero de 2013;
1
RUC Nº 20100047218

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