Resolución nº 631-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Octubre de 2015
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 189-2013/CPC |
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA
RESOLUCION Nº 631-2015/INDECOPI-PIU
EXPEDIENTE Nº 189-2013/CPC-INDECOPI-PIU
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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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DENUNCIANTE : EDUARDO CÁRDENAS VIDAL (EL SEÑOR CÁRDENAS)
DENUNCIADO : EAFC MAQUISISTEMA S.A. (MAQUISISTEMA)
MATERIA : DEBER IDONEIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por el señor Cárdenas contra Maquisistema, la
Comisión ha resuelto:
(i) Declarar fundada la denuncia interpuesta por infracción a los artículos 18º y 19º
del Código; al haber quedado acreditado que el denunciado no puso a
disposición del señor Cárdenas el calendario de asambleas de manera oportuna.
(ii) Declarar improcedente la medida correctiva solicitada por el señor Eduardo
Cárdenas Vidal referida a que se imponga como sanción una multa.
(iii) Ordenar a Maquisistema como medida correctiva reparadora que, en el plazo de
quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente
resolución, cumpla con devolver al señor Cárdenas la suma de US$. 507.85
Dólares Americanos, correspondiente a la cuota cancelada.
SANCION: 2 UIT
Piura, 14 de octubre de 2015.
ANTECEDENTES
Hechos materia de denuncia:
1. El 12 de noviembre de 2013, el señor Cárdenas denunció a Maquisistema por
Consumidor (en adelante, el Código), señalando:
i) Que, el 16 de septiembre de 2013 adquirió de la denunciada, a través del sistema
denominado “Auto Pronto”, un vehículo marca “Renault modelo “Logan”, por el
monto de US$. 11 200,00, el cual sería cancelado en 60 cuotas mensuales de US$.
236,45, informándosele que cuando pagara la cuota Nº 24, ya sea en el mes
correspondiente o de manera adelantada, se le entregaría el vehículo al término de
15 o 18 días a partir de la fecha del depósito.
ii) Que, ese mismo día canceló el monto de US$. 507,85, con la finalidad de separar su
vehículo.
iii) Que, el 11 de octubre de 2013 se apersonó a las instalaciones de la denunciada, a
fin de cancelar el saldo pendiente de pago para completar las 24 cuotas (equivalente
al monto de US$. 5 438,00) y se le entregara el vehículo de acuerdo a lo ofrecido;
sin embargo, alega que la persona que los atendió les dijo que la entrega se haría en
45 días. En ese momento también se le indicó que debía pagar un monto adicional
por concepto de seguro contra accidentes, GPS para el vehículo, transporte del
vehículo desde la ciudad de Lima hacia la ciudad de Piura; precisando que ello no le
fue informado anteriormente.
iv) Que, en el documento denominado “Información importante al momento de la
adjudicación de un vehículo” no se establece de manera clara cuáles son los
conceptos de pago adicionales.
v) Que, el 12 de octubre de 2013 remitieron una carta notarial a Maquisistema, a través
de la cual le manifestaron su deseo de resolver el contrato, siendo que el 19 de
octubre de 2013 se dio respuesta a su reclamo indicando que el 14 de septiembre de
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