Resolución nº 1800-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 7 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente435-2015/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 435-2015/CC2
M-CPC-05/1A
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1800-2015/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y
USUARIOS
(ASPEC)
DENUNCIADO : CINEPLEX S.A. (CINEPLANET)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DEBER DE IDONEIDAD
DEBER GENERAL DE SEGURIDAD
INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE FILMES Y
VIDEOCINTAS
Lima, 7 de octubre de 2015
ANTECEDENTES
1. El 17 de abril de 2015, ASPEC denunció a CINEPLANET1 por presunta infracción
el Código)2, señalando que:
(i) El 4 de febrero de 2015, a través de diversos medios de comunicación
(televisión e internet) se difundieron videos en donde se podía apreciar la
presencia de roedores en las inmediaciones de la Sala 06 del
establecimiento de CINEPLANET ubicado en el Centro Comercial “La
Pascana”, distrito de Comas.
1 Con RUC N° 20429683581.
2 LEY N 295 71, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFE NSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de septiembre
de 2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho códig o será aplicable a los supuest os de infracción qu e se
configuren a part ir del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigenci a el mismo. Los demá s casos, se
seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Suprem o Nº 006-2009/PCM, Texto Único
Ordenado de la Ley del Sistema de Protecci ón al Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 d e
octubre de 2010), en el Decreto Supremo Nº 039-2000/I TINCI (vigente hasta el 26 de junio d e 2008) y Decreto
Legislativo Nº 1045 (vigente ent re el 27 de junio de 2008 y el 30 de enero de 2009).
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SEDE CENTRAL
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(ii) Se encontró en el establecimiento de la denunciada excretas de ratas,
trampas e insecticidas para los referidos animales, así como restos de
desperdicios de alimentos. Asimismo, se pudo apreciar que el personal de
la empresa denunciada no contaba con las medidas de higiene para poder
laborar, siendo que CINEPLANET tenía conocimiento de la existencia de
los roedores, incluso antes de los sucesos ocurridos el 4 de febrero de
2015.
(iii) Según las imágenes antes señaladas, el 4 de febrero de 2015, funcionarios
de la Municipalidad de Comas sancionaron a CINEPLANET con la clausura
temporal del local ubicado en el centro comercial “La Pascana” y la
suspensión de sus actividades, así como con una sanción del 30% de una
(1) UIT por contravenir la Ordenanza Municipal N° 275-2008-C/MC.
(iv) La presencia de roedores, las excretas de los mismos y las condiciones
inadecuadas de salubridad e higiene, producen severos daños en la salud,
integridad y vida de los consumidores por ser agentes transmisores de
numerosas enfermedades y bacterias; y, se constituyen en los principales
transmisores de la enfermedad de Chagas3, de la peste bubónica4 y del
tifus murino5.6
(v) Consideraba que la empresa denunciada había contravenido las políticas
públicas en materia de salud y seguridad de los consumidores, el derecho a
la salud de los consumidores, el deber de idoneidad, el derecho de todo
3 La enferm edad de Chag as es cau sada por un parásito. Es común en América Latina pero no en los Estados
Unidos. Es diseminada por insectos hematófagos (que se alimentan de sangre) infectados, conocidos c omo
vinchucas (o " chinche gaucha" o "chinch e besucona" o "chupadora" o "voladora" o "barbeiros" o "c hipos").
Cuando un insecto lo pica, generalmente en el rost ro, deja excrementos infectad os. La infección puede
producirse al frotarse los ojos o l a nariz, en la herida de la pic adura o una cortadura. La enfermedad tam bién
puede diseminarse a través de los alim entos contaminados, una tr ansfusión de sangre, un órgano donado o d e
madre a hijo durante el emb arazo.
Fuente: Biblioteca Nacional de Med icina de los EE.UU.
https://www.nlm.nih.gov/
4 La peste bubónica es una enfermedad infecciosa aguda extremadamente rara y su nombre procede de l a
palabra latina bubón que significa i ngle.
Se trata de una zoonosis (enfer medad que afecta particularmente a los animales, y que pu ede ser transmisible
al hombre) de la q ue aún se producen brotes en r egiones donde las condiciones de la vivienda y de higiene son
deficientes.
Fuente: Biblioteca Nacional de M edicina de los EE.UU.
https://www.nlm.nih.gov/
5 El tifus murino, es debido a la bact eria Rickettsia t yphi (o Rickettsia mooseri), es una infección menos grave,
transmitida p or las p ulgas de la rata. Sólo afecta accidentalmente al hombre. El tifus de las malezas o fiebre
fluvial de Japón, se debe a la bact eria Rickettsia tsutsugamushi y se transmite a través d e los ácaros.
Fuente: Biblioteca Nacional de M edicina de los EE.UU.
https://www.nlm.nih.gov/
6 Cabe precisar que las conclusi ones arribadas fueron señaladas por ASPEC a través d e su escrito de denuncia
de fecha 17 de abril de 2015.

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