Resolución nº 578-2015/CPC-INDECOPI-CUS de Comisión de Protección al Consumidor, de 12 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente120-2015/APEL-INDECOPI-CUS
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI CUSCO
EXPEDIENTE ORPS Nº: 127-2015/PS0-INDECOPI-CUS
EXPEDIENTE COMISIÓN Nº:120-2015-APEL/CPC-INDECOPI-CUS
M-CPC-05/1A 1/11
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA P ROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Urb. Constancia A-11-2, Wanchaq, Cusco – Perú / Telefax: 084-252987
E-mail: cromainville@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 578-2015/INDECOPI-CUS
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
CUSCO
DENUNCIANTE : GLADYS PAREJA BACA
(LA SEÑORA PAREJA)
ADMINISTRADO : BANCO AZTECA DEL PERU S.A.
(EL BANCO)
ELEKTRA DEL PERÚ S.A.
(ELEKTRA)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
GRADUACIÓN DE SANCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Confirmar la Resolución Final Nº 248-2015/PS0-INDECOPI-CUS,
emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de
Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco, que
resolvió sancionar al Banco Azteca del Perú S.A., con cinco (05) UIT
Unidades Impositivas Tributarias por haber incurrido en infracción a lo
establecido en el artículo 19º del Código de Protección y Defensa del
Consumidor, al haberse acreditado durante el procedimiento que no cumplió
con su deber de idoneidad, al haber imputado a la señora Gladys Pareja
Baca una deuda que no habría pagado correctamente debido a los
documentos que se le entregó, reportándola en la central de riesgo por la
referida deuda.
Confirmar la Resolución Final Nº 248-2015/PS0-INDECOPI-CUS, emitida por
el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco, que resolvió
ordenar al Banco Azteca del Perú S.A. que impute al crédito de la señora
Gladys Pareja Baca los pagos que efectuó en los tres voucher presentados
en su escrito de denuncia, teniendo en cuenta para ello las fechas de pago y
los importes ahí señalados, siendo que, de existir algún monto en exceso
este sea devuelto a la denunciante interesada, así como realizar todas las
gestiones destinadas a rectificar su información crediticia ante la Central de
Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, ello en un plazo
de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada la
presente resolución y condenó a los denunciados al pago solidario de las

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