Resolución nº 572-2015/CPC-INDECOPI-CUS de Comisión de Protección al Consumidor, de 12 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente53-2015/OFI-INDECOPI-CUS
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE CUSCO
EXPEDIENTE N° 053-2015-OFI/CPC-INDECOPI-CUS
M-CPC-06/1A
1/16
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA P ROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Urb. Constancia A-11-2, Wanchaq, Cusco – Perú / Teléfono: 084-252987
E-mail: paragon@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 572-2015/INDECOPI-CUS
PROCEDENCIA : CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : ELBA ROSA LEON PAMPA
(RESTAURANTE APU SALKANTAY)
MATERIA : PROTECCIÓNAL CONSUMIDOR
LIBRO DE RECLAMACIONES
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MEDIDAS CORRECTIVAS
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
SUMILLA: Declarar la responsabilidad administrativa de ELBA ROSA LEON
PAMPA (RESTAURANTE APU SALKANTAY); por infracción al artículo 150º
de la Ley N° 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda
vez que ha quedado acreditado que la administrada no cumplió con la
obligación de contar con el libro de reclamaciones, al momento de realizada
la diligencia de inspección; y por infracción al artículo 151º de la Ley
29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda vez que ha
quedado acreditado que la administrada no cumplió con la obligación de
exhibir el aviso del libro de reclamaciones, al momento de realizada la
diligencia de inspección.
Sancionar a ELBA ROSA LEON PAMPA (RESTAURANTE APU SALKANTAY);
con una multa ascendente a 0.84 UIT (Cero Punto Ochenta y Cuatro
Unidades Impositivas Tributarias), correspondiendo una multa de 0.42 UIT
(Cero Punto Cuarenta y Dos Unidades Impositivas Tributarias), por
del Consumidor, al no contar con el libro de reclamaciones en su
establecimiento; y una multa de 0.42 UIT (Cero Punto Cuarenta y Dos
Unidades Impositivas Tributarias), por infracción al artículo 151° de la Ley
aviso del libro de reclamaciones en su establecimiento; las mismas que
serán rebajadas en 25% si la administrada consiente la presente resolución y
procede a cancelar las mismas dentro del plazo de cinco (5) días de su
notificación, conforme a lo establecido en el artículo 37º del Decreto
Legislativo N° 807 Ley Sobre Facultades Normas y Organización del
INDECOPI, en concordancia con lo establecido en el artículo 113º del Código
Ordenar como medida correctiva complementaria a ELBA ROSA LEON
PAMPA (RESTAURANTE APU SALKANTAY), que en un plazo de (05) días
contados desde el día siguiente de su notificación cumpla con:
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE CUSCO
EXPEDIENTE N° 053-2015-OFI/CPC-INDECOPI-CUS
M-CPC-06/1A
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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA P ROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Urb. Constancia A-11-2, Wanchaq, Cusco – Perú / Teléfono: 084-252987
E-mail: paragon@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
(i) Contar con el libro de reclamaciones según lo establecido el Decreto
Supremo N° 011-2011-PCM - Reglamento del Libro de Reclamaciones,
(ii) Exhibir en un lugar visible y fácilmente accesible al público, un aviso
que indique la existencia del libro de reclamaciones y el derecho que
tienen los consumidores de solicitarlo cuando lo estimen conveniente
conforme al formato establecido en el Anexo 2 del Reglamento del
Libro de Reclamaciones, modificado por Decreto Supremo N° 006-
2014-PCM.
SANCION:
0.42 UIT
1
: Por no contar con libro de reclamaciones.
0.42 UIT
2
: Por no exhibir un aviso del libro de reclamaciones.
Cusco, 12 de octubre de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. En el marco de las acciones de prevención y fiscalización realizadas por la
Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Cusco correspondientes al año 2014; se programaron diligencias de
inspección en establecimientos comerciales del sector turismo en el rubro de
servicios de restaurantes ubicados en el Distrito de Machupicchu, Provincia de
Urubamba y Región de Cusco; con la finalidad de verificar el cumplimiento de
adelante, El Código).
2. En fecha 18 de noviembre de 2014, la Secretaría Técnica de la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, la Secretaría Técnica)
realizó una diligencia de inspección en el establecimiento denominado
“RESTAURANTE APU SALKANTAY”, de propiedad de la señora ELBA ROSA
LEON PAMPA (en adelante, la señora León), identificada con R.U.C. Nº
10455976524, ubicado en la AVENIDA IMPERIO DE LOS INCAS S/N, del
Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba y Región de Cusco, con la
finalidad de verificar el cumplimiento y aplicación de lo establecido en El
Código; respecto de la implementación del libro de reclamaciones y el aviso
del mismo en su establecimiento.
1
Código Único de Multa (CUM): 20150000009045
2
Código Único de Multa (CUM): 20150000009046

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