Resolución nº 1466-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 30 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente762-2014/CC1
COMISIÓN
DE
PROICCCIÓN
AL
CONSUMIDOR
..
,
SEDE
CENTRAL
EXPEDIENTE
lf'
1f2-2014/CC1
RESOLUCIÓN FINAL 1466-2015/CC1
PROCEDENCIA
DENUNCIANTE
DENUNCIADO
MATERIA
ACTIVIDAD
LIMA
ROSA
GENOVEVA
PEREYRA
VDA.
DE
IZARRA
(LA
SEtiiORA PEREYRA)
BANCO
AZTECA
DEL
PERÚ S.A.
(EL
BANCO)
PROTECCIÓN
AL
CONSUMIDOR
GARANTIA
MOBILIARIA
IDONEIDAD
DEL
SERVICIO
OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima, 30 de septiembre de 2015
ANTECEDENTES
1. El 22 de agosto de 2014, la señora Pereyra denunció al Banco por presuntas
infracciones a la Ley
N•
29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor' (en
adelante, el Código), señalando lo siguiente:
(i) Ha venido diligenciando requerimientos de pago a
su
domicilio a nombre de la
señora Juana Mercedes Florián Gonzales (en adelante,
la
señora Florián), pese a
que esta no reside
en
el mismo, afectando su tranquilidad y la de sus familiares.
(ii)
El
5 de agosto de 2014, remitió a la entidad financiera una declaración jurada de
domicilio firmada por la señora Florian, a través de la cual indicó que nunca había
vMdo
en
la dirección a la cual están remitiendo los requerimientos de cobranza;
asimismo, solicitó que las mismas se dejen
de
realizar; no obstante ello, el Banco
no dio ninguna respuesta a la misma y continuó realizando las diligencias de
cobranza en su domicilio.
2.
La
señora Pereyra solicitó se ordene al Banco, lo siguiente:
(i)
Se
abstenga de seguir enviando documentos dirigidos a un tercero a su domicilio.
(ii) Eliminar su dirección del registro de cobranza.
(iii)
El
pago de las costas y costos del procedimiento.
3. Mediante Resolución 1 del 14 de julio de 2015, la Secretaria Técnica de la Comisión
de Protección al Consumidor
N•
1 (en adelante, la Secretaría Técnica) admitió a trámite
la denuncia presentada por la señora Pereyra,
en
los siguientes términos:
"PRIMERO: admitir a trámite la denuncia del 22 de agosto de 2014, presentada
por
la
señora
Rosa Genoveva Peroyra Viuda de lzarra contra Banco
Azteca
del Perú S.A por prosunta
Publicada
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano
el
2
de
septiembre
de
201
O y
vigente
a partir
del
2
de
octubre
de
201
O.
M-CPC-0511A

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