Resolución nº 614-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 5 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente328-2015/CPC
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA
RESOLUCION Nº 614-2015/INDECOPI-PIU
EXP. EN ORPS Nº 100-2015-LCC/PS0-INDECOPI-PIU
Página 1 de 10
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Av. Los Cocos Nº 268, Urb. Club Grau, Piura Perú / Telefax: 073-308549
E-mail: apena@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA (ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : JORGE YSAÍAS CHUMACERO LÓPEZ (EL SEÑOR
CHUMACERO)
DENUNCIADO : BANCO RIPLEY PERÚ S.A. (EL BANCO)
MATERIA : LIQUIDACION DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento de liquidación de pago de costas y costos iniciado por el
señor Chumacero contra el Banco ante el ORPS, la Comisión ha resuelto confirmar la
resolución venida en grado, en el extremo que ordenó a Banco Ripley Perú S.A. que, en un
plazo no mayor de 5 días hábiles, cumpla con pagar al señor Chumacero, por concepto de
costos, el monto ascendente a S/. 2,800.00, bajo apercibimiento de proceder a la aplicación
del artículo 118 del Código.
Piura, 5 de octubre de 2015.
ANTECEDENTES
1. El 20 de octubre de 2014 el señor Chumacero denunció al Banco por presunto
incumplimiento a la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante,
el Código), iniciándose el procedimiento administrativo signado con el expediente 620-
2014/PS0-INDECOPI-PIU.
2. Mediante Resolución Nº 087-2015/PS-INDECOPI-PIU del 5 de febrero de 2015 el ORPS
resolvió:
CUARTO: Ordenar al Banco Ripley Perú S.A., que, en un plazo no mayor a
cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente
resolución, cumpla con pagar al señor Jorge Ysaías Chumacero López la suma
de S/. 36,00 (treinta y seis y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de costas del
procedimiento. Ello, sin perjuicio del derecho del denunciante de solicitar la
liquidación de las costas y costos una vez concluida la instancia
administrativa”.
3. Mediante N° 249-2015/INDECOPI-PIU, del 30 de abril de 2015, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión), resolvió:
CUARTO: Confirmar en parte la Resolución Final 087-2015/PS0-
INDECOPI-PIU del 5 de febrero de 2015, emitida por el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina
Regional del Indecopi de Piura, en el extremo que condenó a Banco Ripley
Perú S.A. al pago de las costas y costos a favor del denunciante”.
4. El 3 de junio de 2015 el señor Chumacero, solicitó al ORPS se practique la liquidación de
costas y costos del procedimiento administrativo seguido en el expediente N° 620-2014/PS0-
INDECOPI-PIU, sustentando su petición con la presentación de los siguientes documentos:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR