Resolución nº 478-2015/PS0-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 2 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente49-2015/PS0
1
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LAMBAYEQUE
EXPEDIENTE Nº 049-2015-LCC/PS0-INDECOPI-LAM
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0478-2015/PS0-INDECOPI-LAM
INTERESADO : MILAGROS DOLORES PEÑA CALLIRGOS (LA SEÑORA PEÑA)
DENUNCIADO : FINANCIERA UNO S.A. (FINANCIERA)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora Milagros Dolores Peña Callirgos en
contra de Financiera Uno S.A., el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de
Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, ha resuelto lo
siguiente:
(i) ordenar a la Financiera que en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contado a partir
del día siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con pagar a la señora Peña
la suma de S/. 72.00 por concepto de costas correspondientes al procedimiento seguido
bajo el Expediente Nº 488-2014/PS0-INDECOPI-LAM, bajo apercibimiento de aplicarse las
sanciones establecidas por el Código.
(ii) denegar la solicitud de costos del procedimiento presentada por la señora Peña en el
marco del Expediente 488-2014/PS0-INDECOPI-LAM con la finalidad de evitar la
materialización del ejercicio abusivo de derecho, conforme al marco constitucional y legal
desarrollado en la parte considerativa de la presente resolución.
Chiclayo, 2 de octubre de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. El 27 de enero de 2015, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, el ORPS) declaró
fundada la denuncia presentada por la señora Peña contra la Financiera, mediante la Resolución
Final Nº 0041-2015/PS0-INDECOPI-LAM (Expediente Nº 488-2014/PS0-INDECOPI-LAM).
2. Mediante Resolución Final Nº 0208-2015/PS0-INDECOPI-LAM del 27 de marzo de 2015, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la Comisión)
confirmó la mencionada resolución.
3. El 2 de setiembre de 2015, la señora Peña solicitó el pago de costas y costos del procedimiento
tramitado bajo el Expediente Nº 488-2014/PS0-INDECOPI-LAM.
4. El 4 de setiembre de 2015, mediante Resolución Nº 07, el ORPS puso de conocimiento a la
Financiera la solicitud de liquidación de costas y costos, otorgándole un plazo de (7) siete días
hábiles para que cumpla con pronunciarse, hecho que se produjo el 16 de setiembre de 2015.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
5. Luego de evaluar el expediente, el ORPS debe determinar si corresponde liquidar a favor de la
señora Peña, la suma solicitada por concepto de costas y costos del procedimiento.
III. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSIÓN
III.1. Del pago de las costas y costos del procedimiento
6. El objeto del pago de costas y costos es reembolsar a la parte denunciante, los gastos en que se
vio obligado a incurrir para acudir ante la administración a denunciar el incumplimiento de la
norma por parte del infractor. Por ello, las costas y costos asociados al procedimiento deben ser
asumidos por la parte cuya conducta dio origen al procedimiento.

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