Resolución nº 476-2015/PS0-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 2 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente48-2015/PS0
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ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LAMBAYEQUE
EXPEDIENTE Nº 048-2015-LCC/PS0-INDECOPI-LAM
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0476-2015/PS0-INDECOPI-LAM
INTERESADO : JOSÉ MIGUEL DELGADO FUENTES (EL SEÑOR DELGADO)
DENUNCIADO : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. (CLARO)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor José Miguel Delgado Fuentes en contra de
América Móvil Perú S.A.C., el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de
Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, ha resuelto lo
siguiente:
(i) ordenar a Claro que en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contado a partir del día
siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con pagar al señor Delgado la suma
de S/. 72.00 por concepto de costas correspondientes al procedimiento seguido bajo el
Expediente 519-2014/PS0-INDECOPI-LAM, bajo apercibimiento de aplicarse las
sanciones establecidas por el Código.
(ii) denegar la solicitud de costos del procedimiento presentada por el señor Delgado en el
marco del Expediente 519-2014/PS0-INDECOPI-LAM con la finalidad de evitar la
materialización del ejercicio abusivo de derecho, conforme al marco constitucional y legal
desarrollado en la parte considerativa de la presente resolución.
Chiclayo, 2 de octubre de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. El 11 de febrero de 2015, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, el ORPS) declaró
fundada la denuncia presentada por el señor Delgado contra Claro, mediante la Resolución Final
Nº 0072-2015/PS0-INDECOPI-LAM (Expediente Nº 519-2014/PS0-INDECOPI-LAM).
2. El 22 de abril de 2015, la referida resolución fue materia de integración a través de la Resolución
Final Nº 0181-2015/PS0-INDECOPI-LAM.
3. El 2 de setiembre de 2015, el señor Delgado solicitó el pago de costas y costos del
procedimiento tramitado bajo el Expediente Nº 519-2014/PS0-INDECOPI-LAM.
4. El 3 de setiembre de 2015, mediante Resolución Nº 11, el ORPS puso de conocimiento a Claro
la solicitud de liquidación de costas y costos, otorgándole un plazo de (7) siete días hábiles para
que cumpla con pronunciarse, hecho que se produjo el 25 de setiembre de 2015
1
.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
5. Luego de evaluar el expediente, el ORPS debe determinar si corresponde liquidar a favor del
señor Delgado, la suma solicitada por concepto de costas y costos del procedimiento.
III. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSIÓN
III.1. Del pago de las costas y costos del procedimiento
6. El objeto del pago de costas y costos es reembolsar a la parte denunciante, los gastos en que se
vio obligado a incurrir para acudir ante la administración a denunciar el incumplimiento de la
norma por parte del infractor. Por ello, las costas y costos asociados al procedimiento deben ser
asumidos por la parte cuya conducta dio origen al procedimiento.
1
Previa comunicación electrónica del 24 de setiembre de 2015.

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