Resolución nº 585-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente300-2015/CPC
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA
RESOLUCION Nº 585-2015/INDECOPI-PIU
EXP. EN ORPS Nº 085-2015-LCC/PS0-INDECOPI-PIU
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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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E-mail: apena@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA (ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : RONNIE JANSEN CÓRDOVA SEMIINARIO (EL SEÑOR
CÓRDOVA)
DENUNCIADO : FINANCIERA UNO S.A. (LA FINANCIERA)
MATERIA : LIQUIDACION DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento de liquidación de pago de costas y costos del procedimiento
iniciado por el señor Córdova contra la Financiera, la Comisión ha resuelto confirmar la
resolución venida en grado, en el extremo que ordenó a la Financiera que, en un plazo no
mayor de 5 días hábiles, cumpla con pagar al señor Córdova, por concepto de costos
procedimentales, el monto ascendente a S/. 1,500.00, bajo apercibimiento de proceder a la
aplicación de lo establecido en el artículo 118 del Código.
Piura, 25 de septiembre de 2015.
ANTECEDENTES
1. El 29 de agosto de 2014 el señor Córdova denunció a la Financiera por presunto
el Código), iniciándose el procedimiento administrativo signado con el expediente 521-
2014/PS0-INDECOPI-PIU.
2. Mediante Resolución N° 943-2014/PS0-INDECOPI-PIU, del 19 de noviembre de 2014 el
ORPS resolvió:
CUARTO: Ordenar a Financiera Uno S.A. que, en un plazo no mayor a cinco (5)
días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, cumpla
con pagar al señor Ronnie Jansen Córdova Seminario la suma de S/. 36,00
(treinta y seis y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de costas del procedimiento.
Ello, sin perjuicio del derecho del denunciante de solicitar la liquidación de las
costas y costos una vez concluida la instancia administrativa”.
3. Mediante Resolución 097-2015/INDECOPI-PIU, del 11 de febrero de 2015, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión), resolvió:
TERCERO: Confirmar en parte la Resolución Final 943-2014/PS0-
INDECOPI-PIU, de fecha 19 de noviembre de 2014, emitida por el Órgano
Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la
Oficina Regional del INDECOPI de Piura, en el extremo que ordenó a la
Financiera el cumplimiento de la siguiente medida correctiva: solicitar la
rectificación de la calificación histórica del señor Córdova reportado ante la
Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; así como
al pago de costas y costos del procedimiento a favor del denunciante”.
4. El 20 de mayo de 2015 el señor Córdova, solicitó al ORPS se practique la liquidación de
costas y costos del procedimiento administrativo seguido en el expediente Nº 521-2014/PS0-
INDECOPI-PIU, sustentando su petición con la presentación de los siguientes documentos:

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