Resolución nº 456-2015/PS0-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 23 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente47-2015/PS0
1
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LAMBAYEQUE
EXPEDIENTE Nº 047-2015-LCC/PS0-INDECOPI-LAM
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0456-2015/PS0-INDECOPI-LAM
INTERESADOS : MARY YSABEL CABRERA REVILLA DE BARANDIARÁN (LA SEÑORA
CABRERA)
JONATHAN GUILLERMO BARANDIARÁN CASTRO (EL SEÑOR
BARANDIARÁN)
DENUNCIADO : INVERSIONES CENTENARIO S.A.A. (INVERSIONES CENTENARIO)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por los señores Mary Ysabel Cabrera Revilla de
Barandiarán y Jonathan Guillermo Barandiarán Castro en contra de Inversiones Centenario
S.A.A., el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de
la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, ha resuelto lo siguiente:
(i) liquidar las costas del procedimiento iniciado por los señores Cabrera y Barandiarán en
contra de Inversiones Centenario por la suma de S/.72.00.
(ii) ordenar a Inversiones Centenario que en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles
contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con pagar a
los señores Cabrera y Barandiarán la suma de S/. 36.00 por concepto de costas
correspondientes al procedimiento seguido bajo el Expediente 184-2014/PS0-
INDECOPI-LAM, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas por el
Código.
(iii) denegar la solicitud de costos del procedimiento presentada por los señores Cabrera y
Barandiarán en el marco del Expediente Nº 184-2014/PS0-INDECOPI-LAM con la finalidad
de evitar la materialización del ejercicio abusivo de derecho, conforme al marco
constitucional y legal desarrollado en la parte considerativa de la presente resolución.
Chiclayo, 23 de setiembre de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. El 4 de julio de 2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, el ORPS) dio por
finalizado el procedimiento iniciado por los señores Cabrera y Barandiarán en contra de
Inversiones Centenario (Expediente Nº 184-2014/PS0-INDECOPI-LAM), mediante la Resolución
Final Nº 0279-2014/PS0-INDECOPI-LAM.
2. Mediante Resolución Final Nº 0777-2014/INDECOPI-LAM del 15 de setiembre de 2014, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la Comisión)
confirmó la resolución de primera instancia.
3. El 6 de marzo de 2015, la Sala Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, la Sala)
declaró fundado el recurso de revisión interpuesto por los denunciantes, ordenando a la
Comisión emita un nuevo pronunciamiento.
4. Mediante Resolución Final Nº 0367-2015/INDECOPI-LAM del 15 de junio de 2015, la Comisión
revocó la resolución de primera instancia; y reformándola declaró fundada la denuncia
interpuesta contra Inversiones Centenario.
5. El 26 de agosto de 2015, los señores Cabrera y Barandiarán solicitaron el pago de costas y
costos del procedimiento tramitado bajo el Expediente Nº 184-2014/PS0-INDECOPI-LAM.
6. El 28 de agosto de 2015, a través de la Resolución Nº 09, el ORPS puso de conocimiento a
Inversiones Centenario la solicitud de liquidación de costas y costos, otorgándole un plazo de (7)

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