Resolución nº 438-2015/PS0-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 9 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente36-2015/PS0
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ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LAMBAYEQUE
EXPEDIENTE Nº 036-2015-LCC/PS0-INDECOPI-LAM
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0438-2015/PS0-INDECOPI-LAM
INTERESADO : JUAN CARLOS ALARCÓN AGUILAR (EL SEÑOR ALARCÓN)
DENUNCIADO : EMPRESA DE TRANSPORTES CHICLAYO S.A. (TRANSPORTES
CHICLAYO)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR VIA TERRESTRE
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor Juan Carlos Alarcón Aguilar en contra de
Empresa de Transportes Chiclayo S.A., el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos
de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, ha resuelto
lo siguiente:
(i) ordenar a Transportes Chiclayo que en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contado
a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con pagar al señor
Alarcón la suma de S/. 72.00 por concepto de costas correspondientes al procedimiento
seguido bajo el Expediente Nº 206-2015/PS0-INDECOPI-LAM, bajo apercibimiento de
aplicarse las sanciones establecidas por el Código.
(ii) denegar la solicitud de costos del procedimiento presentada por el señor Alarcón en el
marco del Expediente 206-2015/PS0-INDECOPI-LAM con la finalidad de evitar la
materialización del ejercicio abusivo de derecho, conforme al marco constitucional y legal
desarrollado en la parte considerativa de la presente resolución.
Chiclayo, 9 de setiembre de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. El 9 de junio de 2015, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, el ORPS) declaró
fundada la denuncia presentada por el señor Alarcón contra Transportes Chiclayo, mediante la
Resolución Final Nº 0281-2015/PS0-INDECOPI-LAM (Expediente Nº 206-2015/PS0-INDECOPI-
LAM). Dicha resolución fue consentida.
2. El 6 de julio de 2015
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, el señor Alarcón solicitó el pago de costas y costos del procedimiento
tramitado bajo el Expediente Nº 206-2015/PS0-INDECOPI-LAM.
3. El 8 de julio de 2015, a través de la Resolución Nº 05, el ORPS puso de conocimiento a
Transportes Chiclayo la solicitud de liquidación de costas y costos, otorgándole un plazo de (7)
siete días hábiles para que cumpla con pronunciarse; sin embargo, no cumplió con ello.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
4. Luego de evaluar el expediente, el ORPS debe determinar si corresponde liquidar a favor del
señor Alarcón, la suma solicitada por concepto de costas y costos del procedimiento.
II. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSIÓN
III.1. Del pago de las costas y costos del procedimiento
5. El objeto del pago de costas y costos es reembolsar a la parte denunciante, los gastos en que se
vio obligado a incurrir para acudir ante la administración a denunciar el incumplimiento de la
norma por parte del infractor. Por ello, las costas y costos asociados al procedimiento deben ser
asumidos por la parte cuya conducta dio origen al procedimiento.
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Dicho escrito complementó su solicitud del 23 de junio de 2015.

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