Resolución nº 434-2015/PS0-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 9 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente40-2015/PS0
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ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LAMBAYEQUE
EXPEDIENTE Nº 040-2015-LCC/PS0-INDECOPI-LAM
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0434-2015/PS0-INDECOPI-LAM
INTERESADO : CÉSAR AUGUSTO GONZÁLES LAMADRID (EL SEÑOR GONZÁLES)
DENUNCIADO : TOTAL ARTEFACTOS S.A. (LA CURACAO)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : VTA. MIN. EQUIPO DE USO DOMÉSTICO
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor César Augusto Gonzáles Lamadrid en
contra de Total Artefactos S.A., el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de
Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, ha resuelto lo
siguiente:
(i) ordenar a la Curacao que en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contado a partir
del día siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con pagar al señor Gonzáles
la suma de S/. 72.00 por concepto de costas correspondientes al procedimiento seguido
bajo el Expediente Nº 398-2014/PS0-INDECOPI-LAM, bajo apercibimiento de aplicarse las
sanciones establecidas por el Código.
(ii) denegar la solicitud de costos del procedimiento presentada por el señor Gonzáles en el
marco del Expediente 398-2014/PS0-INDECOPI-LAM con la finalidad de evitar la
materialización del ejercicio abusivo de derecho, conforme al marco constitucional y legal
desarrollado en la parte considerativa de la presente resolución.
Chiclayo, 9 de setiembre de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. El 19 de diciembre de 2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección
al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, el ORPS)
declaró fundada la denuncia presentada por el señor Gonzáles contra la Curacao, mediante la
Resolución Final Nº 0547-2014/PS0-INDECOPI-LAM (Expediente Nº 398-2014/PS0-INDECOPI-
LAM). Dicha resolución fue declarada consentida.
2. El 19 de enero de 2015, ante el ORPS, el señor Gonzáles informó que la Curacao no había
cumplido con la medida correctiva ordenada. Dicho procedimiento fue tramitado bajo el
Expediente Nº 001-2015-IMC/PS0-INDECOPI-LAM.
3. Mediante Resolución Final Nº 0081-2015/PS0-INDECOPI-LAM del 12 de febrero de 2015, el
ORPS declaró fundada la denuncia, la misma que fue confirmada por la Comisión
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.
4. El 15 de julio de 2015, el señor Gonzáles solicitó el pago de costas y costos del procedimiento
tramitado bajo el Expediente Nº 398-2014/PS0-INDECOPI-LAM.
5. El 17 de julio de 2015, a través de la Resolución Nº 10, el ORPS puso de conocimiento a la
Curacao la solicitud de liquidación de costas y costos, otorgándole un plazo de (7) siete días
hábiles para que cumpla con pronunciarse, hecho que se produjo el 10 de agosto de 2015.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
6. Luego de evaluar el expediente, el ORPS debe determinar si corresponde liquidar a favor del
señor Gonzáles, la suma solicitada por concepto de costas y costos del procedimiento.
III. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSIÓN
III.1. Del pago de las costas y costos del procedimiento
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Mediante Resolución Final Nº 0216-2015/INDECOPI-LAM del 27 de marzo de 2015.

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