Resolución nº 1516-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 3 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente39-2015/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 1526-2013/PS3
EXPEDIENTE Nº 0039-2015/CC2-APELACIÓN
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 1516-2015/CC2
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N° 3
DENUNCIANTE : NADEISHA SUSIBEL PASSALACQUA OLIVERA (LA
SEÑORA PASSALACQUA)
DENUNCIADA : ASESORÍA, CONSULTORÍA & FORMACIÓN INTEGRAL
S.A.C.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : EDUCACIÓN SECUNDARIA
Lima, 3 de setiembre de 2015
ANTECEDENTES
1. El 19 de setiembre de 2013, la señora Passalacqua denunció al Colegio Saint
John’s Private School (en adelante, el Colegio), cuya denominación social es
Asesoría, Consultoría & Formación Integral S.A.C.1, ante el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección y Defensa del Consumidor N° 3 (en
adelante, el OPS), por presuntas infracciones a la Ley Nº 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código) en atención a lo
siguiente:
(i) En el año 2012, matriculó a su menor hijo Krishna Bhakti García Passlacqua
en el Colegio, a fin de que estudie el 4to año de educación secundaria;
(ii) en el año 2013, su menor hijo estudió el 5to año de secundaria en el Colegio;
(iii) por motivos personales, en agosto de 2013 optó por retirar a su menor hijo del
Colegio;
(iv) el 29 de agosto de 2013, se acercó al Colegio para entregar la constancia de
vacante emitida por el Colegio “Héroes del Cenepa” a favor de su menor hijo;
sin embargo, el Colegio no le recibió dicha documentación alegando que la
trabajadora encargada no se encontraba presente;
(v) El 10 de setiembre de 2013, el Colegio le emitió una constancia de que la
documentación se encontraba en trámite;
(vi) el Colegio no le ha entregado la siguiente documentación: a) Libreta de notas;
b) Ficha Única de Matrícula; iii) Certificado de estudios de marzo de 2012 a
agosto de 2013, la cual permitirá la matrícula de su menor en el Colegio
“Héroes del Cénepa”;
(vii) el Colegio le ha entregado una constancia de estudios emitida por el Colegio
Emprendedores, pese a que su menor hijo no ha cursado estudios en dicha
institución educativa
2. Mediante Resolución 2 del 6 de enero de 2014, el OPS admitió a trámite la
denuncia presentada en contra del Colegio, imputando:
1 Con RUC N° 20538644901

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